Retiro policial y autoridad presidencial

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Retiro policial y autoridad presidencial





El Presidente de la República debió haber informado a los nicaragüenses, con toda franqueza, sobre las razones específicas que tuvo para enviar a retiro al comisionado general de la Policía Nacional, Francisco Bautista Lara. En realidad, el Presidente tiene derecho y autoridad para mandar a retiro a cualquier alto mando policial en el que hubiera perdido la confianza personal. Pero aún en estos casos debe primar el principio de transparencia, o sea que hay que decirle con toda claridad a la ciudadanía porqué se toman tales o cuales decisiones.

La información oportuna, clara y veraz es indispensable inclusive para evitar especulaciones y manipulaciones políticas. La parquedad oficial en casos como el retiro de Bautista Lara da pie para cualquier clase de especulaciones, inclusive el disparate que dijo un diputado acerca de que el ex jefe policial habría sido destituido por orden de la Embajada Americana. Pero también se pueden hacer especulaciones razonables y factibles, como por ejemplo la de que seguramente fueron los mismos ex compañeros de Bautista Lara, los que pidieron al Presidente de la República que lo enviara a retiro, pues desde hace tiempo se venía rumorando acerca de importantes desacuerdos entre ellos por diversas razones.

En todo caso, si el comisionado general Bautista Lara ya no gozaba de la confianza del Presidente de la República lo lógico era que éste lo mandara a retiro, lo cual no significa dejarlo en el desamparo puesto que el retiro le garantiza al retirado un futuro personal asegurado en buenas condiciones económicas.

En todo caso, el hecho es que el Presidente de la República está facultado por la Constitución Política de la República y por la Ley 228 (Ley de la Policía Nacional) y su Reglamento, para tomar una decisión como ésa. De acuerdo con el artículo 97 de la Constitución, la Policía —y por lo tanto sus mandos en todos los niveles—: “Estará sometida a la autoridad civil que será ejercida por el Presidente de la República a través del ministerio correspondiente”, es decir, del Ministerio de Gobernación.

Por otra parte, la Ley de la Policía Nacional señala en su artículo 95 que: “Causarán retiro los Oficiales Superiores con los grados de Comisionado General o Comisionado Mayor, cuando hayan agotado toda posibilidad de promoción y rotación, sin haber cumplido el tiempo de servicio ni la edad requerida para la jubilación”. Y en el artículo 251 del Reglamento de dicha Ley de la Policía Nacional, Decreto 26-96, se dice que: “Excepcionalmente podrán darse movimientos de Jefes y Oficiales fuera del período, por interés de la institución y aprobados por el Director General”.

O sea que si de acuerdo con el criterio del Presidente de la República y de los mandos policiales al comisionado en retiro Bautista Lara se le agotó “toda posibilidad de promoción y rotación”, era preciso retirarlo y sustituirlo en el mando que estaba desempeñando.

Por otro lado, parece obvio que el alto mando de la Policía Nacional está de acuerdo con el retiro de Bautista Lara. Se conoce que tanto antes como después de que éste fuera enviado a retiro y sustituido en el cargo de segundo jefe de la Policía Nacional, el Presidente de la República se reunió con toda la jefatura de la institución policial. Y el comisionado general Horacio Rocha, aunque dijo que hubiera preferido ser ascendido en una mejor situación, no vaciló en aceptar el ascenso y el nombramiento de sustituto en el alto cargo que desempeñaba Bautista Lara, de conformidad con el artículo 81 de la Ley de la Policía Nacional. Es absurdo, pues, estar hablando de protesta e insubordinación policial por el retiro del comisionado Bautista Lara.

Finalmente, si un Presidente de la República no tiene autoridad para mandar a retiro a un mando policial que por la razón que sea ya no es de su confianza, entonces no es un verdadero Jefe de Gobierno ni de Estado, como la Constitución Política de la República dice que es. Es precisamente con hechos concretos que se demuestra que las fuerzas armadas, militares y policiales, están realmente subordinadas a la autoridad civil del Estado, como es y tiene que ser en un sistema democrático de gobierno.

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