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Libertad de prensa y colegiación
Hoy será constituido el Colegio de Periodistas de Nicaragua, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Número 372 que fue promulgada en marzo del año 2001 por el entonces Presidente de la República, Arnoldo Alemán.
La colegiación o cualquier otra modalidad de organización gremial es un derecho de las personas que trabajan como periodistas, garantizado por el Artículo 49 de la Constitución que a la letra dice: “En Nicaragua tienen derecho de constituir organizaciones los trabajadores de la ciudad y el campo, las mujeres, los jóvenes, los productores agropecuarios, los artesanos, los profesionales, los artistas…” Pero el Colegio de Periodistas, como cualquier otra asociación u organización debe fundarse incondicionalmente en el principio de la voluntariedad, que es protegido por el mismo Artículo 49 de la Constitución, en el párrafo segundo: “Estas organizaciones se formarán de acuerdo a la voluntad participativa y electiva de los ciudadanos…”
Al respecto la Ley Creadora del Colegio de Periodistas de Nicaragua dice en su artículo 8 que: “Son miembros del Colegio de Periodistas de Nicaragua, los nacionales y extranjeros que por cumplir con las disposiciones del Artículo 4 de la presente ley, se inscriban voluntariamente”. Sin embargo, esa “voluntariedad” es ficticia, sólo en el papel, pues en el Artículo 6 de dicha ley se establece que: “Para ejercer el periodismo o profesiones afines será necesario contar con credencial del Colegio de Periodistas de Nicaragua”, la que se obtendrá mediante la presentación de una serie de requisitos como título un académico de periodista y otros.
O sea que, de hecho, la colegiación será obligatoria para poder practicar el periodismo, y además, mediante reglamentación el Colegio determinará qué cargos en las empresas o medios de comunicación privados o estatales serán desempeñados por personas colegiadas, so pena de cárcel para quienes no acaten esa imposición aberrante y totalitaria.
Es evidente que tales disposiciones de la Ley Creadora del Colegio de Periodistas chocan de frente con el Artículo 66 de la Constitución Política de la República, lo mismo que con el Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, conocida como Pacto de San José, en los que se establece con claridad meridiana que el derecho a la información veraz es de todas las personas y “comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea de manera oral, por escrito, gráficamente o por cualquier otro procedimiento de su elección”. Eso significa que la práctica periodística es una forma o procedimiento de ejercer el derecho a la libertad de información, el cual no pertenece sólo a quienes tienen un título académico o un carnet de sindicato o colegio. Y por lo tanto, no es lo mismo el periodismo que las otras profesiones, por ejemplo la medicina o la abogacía, tal como la ha esclarecido meridianamente la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Precisamente por eso que algunas personas —entre ellas el Director de LA PRENSA— introdujeron en tiempo y forma, ante la Corte Suprema de Justicia, un recurso por inconstitucionalidad de la Ley 372, pero lamentablemente el tribunal no ha dictado aún la resolución correspondiente. En realidad, bastaría con que la Corte Suprema declarase inaplicables los artículos 4, 5 y 6 de esa ley, que son los que violan la Constitución, para que el Colegio de Periodistas pudiera funcionar sin cuestionamientos y con plena capacidad de prodigar a sus afiliados los beneficios económicos y sociales que están predeterminados en la misma ley. Y de esa manera el Estado de Nicaragua se ahorraría el penoso problema de tener que responder y perder un juicio ante la CIDH, por una innegable violación a la norma universal de derechos humanos y a su propia legislación constitucional.
LA PRENSA no se opone a la colegiación ni a la profesionalización de los periodistas. Al contrario, ésta es una de las instituciones de la comunicación social que más se preocupa por la calidad profesional y ética de sus periodistas, lo cual es evidente, reconocido e innegable. Pero somos irreductibles en la defensa de la libertad de prensa y, por lo tanto, del libre ejercicio del periodismo. Y seguiremos defendiendo sin claudicación esta libertad —que es la madre de todas las libertades— inclusive en las instancias jurídicas internacionales.