- Una juez le impuso nombramiento de intermediaria entre una pareja que se disputa la tutela de una niña
Mirna Velásquez Sevilla
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Pleito de pareja deja a abuela en la cárcel
| Una juez le impuso nombramiento de intermediaria entre una pareja que se disputa la tutela de una niña |
Mirna Velásquez Sevilla
La legalidad o no de la detención de la señora Rosa María Guido Aragón, de 64 años, apresada por el supuesto secuestro de su nieta, está en entredicho y es objeto de señalamientos contra la Juez Sexto Civil de Distrito, Zoraida Sánchez.
Desde el pasado 30 de marzo, la señora Guido Aragón fue detenida y trasladada a la cárcel de mujeres La Esperanza, con una orden de detención de un año (denominada jurídicamente “apremio corporal”) porque no cumplió una disposición de presentar a su nieta de cinco años al despacho judicial en junio del 2003, a pesar de que la menor no estaba bajo su régimen.
En el juicio por la custodia de la niña, tramitado en el Juzgado Sexto Civil de Distrito, la juez Sánchez había establecido mediante una sentencia que la señora Guido Aragón sería intermediaria entre la madre de la niña Arelys Rivas González y el padre Luis Enrique Espinales Guido, para que éste viera a la niña cada cierto período de tiempo.
No obstante, en el expediente no se registra ningún acta donde la afectada haya aceptado tal cosa.
“En el caso concreto, hay una figura de depósito. Significa que ella, iba a retirar a la niña y ella misma la entregaba. Lo hizo la primera vez, (pero) no la segunda. Ella tenía una obligación de entregarla nuevamente y esa obligación es la incumplida”, declaró la juez.
POSICIONES ENCONTRADAS
Pero Gustavo García, abogado de la señora Guido, difiere totalmente de la juez y considera que “esa es una imposición donde ni la Ley permite que se involucren personas ajenas al vínculo de la relación procesal y de matrimonio que había y la juez campantemente, pasando por encima de todas las leyes, cometiendo un soberano prevaricato, le impone una obligación a la señora sin ni siquiera mandarla a llamar, a decir si acepta o no la imposición”, explicó García.
Pero las interpretaciones más opuestas entre la juez y el abogado García están en una resolución de la Sala Civil Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua.
Ahí, los magistrados de dicha sala establecieron que la relación entre la menor y su padre será en la casa de su madre, pero no se menciona el papel de la abuela de la niña.
“No se necesita revocar (el apremio), se necesita interpretar”, apuntó García. “Desgraciadamente estamos ante una juez (que) desconoce la ley por ineptitud, por negligente, por ignorancia jurídica”, manifestó García.