Amílcar Parajón Cardoza
Lamentablemente, el “Caso Rosa” no tuvo un final de telenovela brasileña, sino que dejó impregnado el ambiente de un sentimiento negativo, una mala experiencia. No quedó el menor resquicio de duda, que en Nicaragua todavía nos adherimos a la “Ley de la Selva”, ignorando premeditadamente el Estado Social de Derecho prescrito en la Carta Magna.
El “Caso Rosa” dejó en evidencia lo frágil de nuestro sistema institucional y reveló que los nicaragüenses somos partidarios de las arbitrariedades y displicentes a las soluciones racionales. Fue obvia la violación de los derechos humanos individuales y sociales de la víctima. Institucionalmente, no hubo una respuesta concreta y oportuna de parte de los órganos del Estado. La justicia brilló por su ausencia, personas altruistas se aventuraron a infringir la ley y para “Rosa” la vida continúa igual, pero ahora marcada por la injusticia individual, social e institucional.
El conmovedor “Caso Rosa” debió haberse iniciado por la vía judicial, por tratarse de la aplicación de una norma penal, con la participación de la Procuraduría General de la República, la Fiscalía General de la República y la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, en su calidad de representante del Estado, la sociedad y la víctima, respectivamente.
El autollamado representante legal de la familia de la víctima, debió haber comparecido ante autoridad competente, debidamente autorizado, haciendo una relación de los hechos y presentando la documentación autenticada sobre éstos, que le permitieran justificar su petición, consistente en la aplicación del artículo 165 del Código Penal; asimismo, adjuntar un documento conteniendo la voluntad de los padres de la víctima en el que autorizaba la práctica del aborto terapéutico. La autoridad judicial estaba en la obligación de examinar la petición y de considerarlo pertinente, proveer ordenando la conformación de la Junta de Facultativos, bien con personal del Instituto de Medicina Legal y/o el Ministerio de Salud. En el caso hipotético que los facultativos hubieran dictaminado ambiguamente, a como lo hicieron, la autoridad competente pudo solicitar ampliación o aclaración, también pudo citar a declarar a los peritos facultativos. Con posterioridad, se debió emitir una sentencia en la que se ordenara la aplicación del aborto terapéutico y las condiciones en que éste se aplicaría.
Sin embargo, el abogado de la familia de la víctima, dejó la impresión legal de no saber qué hacer, siempre anduvo detrás de la jugada y no actuó como un promotor de una acción legal. Los funcionarios de los órganos del Estado se extralimitaron en el ejercicio de sus funciones, contribuyendo a la violación de los derechos fundamentales de la víctima y su familia. La PGR, FGR y la PDDH, dejaron la impresión que ignoraban el caso, porque estaban obligados a actuar de oficio. Organismos no gubernamentales, asumieron el caso como propio, llegando al ridículo. Generosos galenos, sin ninguna autorización aplicaron el aborto terapéutico, amparados en un dictamen de una comisión facultativa espuria. Todo ello, bendecido por el tratamiento particular que le dio la jerarquía católica, contribuyendo a la violación de los derechos individuales de “Rosa”.
Ahora, los que actuaron con inepcia, los que se limitaron a opinar a favor o en contra del aborto terapéutico, pero que en realidad no actuaron como lo exige la ley, han manifestado interés en iniciar acciones criminales contra el personal médico, paramédico y los padres de la víctima. Me pregunto, quién va a denunciar o acusar a los que actuaron por omisión, estando obligados a actuar, permitiendo que se practicara el aborto terapéutico a “Rosa” sin cumplirse el procedimiento de ley. Resulta sensato entonces, proceder a cerrar el “Caso Rosa”, no porque se haya logrado proteger el interés superior de la víctima por las vías de hecho, sino porque no se actuó oportunamente en la forma que prescribe el derecho. Para el futuro es necesario que actúen con responsabilidad en el ejercicio de las funciones y por el sendero que señala la ley.
El autor es abogado y notario público.