Discriminación salarial afecta a las nicaragüenses

Las mujeres son mayoría en el empleo público, pero ganan hasta tres veces menos que los hombres, pese a que ocupan el mismo puesto Mariuca LombaEspecial para [email protected] Un 61 por ciento del empleo en las instituciones públicas en Nicaragua, es ocupado por mujeres funcionarias. El 31 por ciento de ellas declaran que su salario […]

  • Las mujeres son mayoría en el empleo público, pero ganan hasta tres veces menos que los hombres, pese a que ocupan el mismo puesto

Mariuca LombaEspecial para [email protected]

Un 61 por ciento del empleo en las instituciones públicas en Nicaragua, es ocupado por mujeres funcionarias. El 31 por ciento de ellas declaran que su salario es el único estable en su núcleo familiar y para un 16 por ciento de ellas es incluso el único ingreso de la familia.

A pesar de esta realidad, se sabe que los funcionarios hombres ganan al menos una y media veces más, cuando no dos y hasta tres, que sus compañeras mujeres, en igual cargo, responsabilidad e institución. Y la discriminación va en aumento, profundizando más la brecha salarial.

No es un problema de mujeres sino de toda la ciudadanía, que quiere recibir buena atención cada día, en servicios tan vitales como los que brinda el hospital, la educación de los hijos o el atender demandas de justicia. Hablamos de diferencias de salarios en el empleo público, entre esas trabajadoras de ventanillas, y de otros tantos puestos públicos en donde se les pide buena cara, amabilidad y eficiencia a la hora de requerir sus servicios.

CUALQUIER EXPLICACIÓN QUEDÓ INVALIDADA

Las cifras hablan por sí solas, pero no son las únicas. En cargos de dirección, por ejemplo, los hombres ganan el doble en el mismo cargo que una mujer. En los cargos de producción, la relación llega al 3 a 1, en desventaja para las mujeres, es decir, que por cada 100 córdobas devengados por una mujer, en un determinado puesto de producción, un hombre gana tres veces más en ese mismo puesto e institución.

No olvidemos que tampoco cabe justificar estas diferencias salariales apelando al argumento de que las mujeres tienen menor nivel académico, menor antigüedad en el cargo o menos experiencia.

Al menos así lo demuestra el resultado del estudio en los que trabajó durante cinco años la Unidad de Coordinación del Programa de Reforma y Modernización del Sector Público, la Dirección General de la Función Pública y el Proyecto de Reforma del Servicio Civil del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, junto con el Proyecto de Promoción de Políticas de Género de la agencia de cooperación alemana (GTZ), que invalida todos estos argumentos.

DISCRIMINACIÓN POR EL SOLO HECHO DE ser mujer

Los estudios y diagnóstico de la realidad del empleo en Instituciones del Estado, realizados por estos organismos, muestran la discriminación salarial aún más evidente: En los cargos de responsable de dirección, en 9 instituciones estudiadas, los hombres cobran un promedio de 157 córdobas por cada 100 córdobas que devengan las mujeres, en igual puesto, responsabilidad e institución.

En tres de éstas, los hombres ganan el doble y hasta el triple más que las mujeres, por desempeñar el mismo trabajo. De 265 y 199 córdobas que gana un hombre, una mujer gana 100 córdobas, haciendo lo mismo.

Marta Elizabeth López, directora del Proyecto de Reforma del Servicio Civil, trabaja en la inclusión del género y explica que “con el diagnóstico en la mano, pudimos empezar a ver cómo cambiar la situación y en qué medida podíamos hacerlo. Pienso que el caso nuestro, del Servicio Civil, debería regirse por tres principios: igualdad, equidad y competitividad”.

UNA LEY QUE CONTENGA TRES PRINCIPIOS BÁSICOS

La igualdad se refiere a que todos han de respetar el derecho constitucional de, a igual salario igual trabajo. “En el caso del Proyecto de Ley del Servicio Civil lo asumimos como, igual cargo de nivel, igual salario”, amplía López.

El principio de equidad interna, explica la directora, “se entiende que los cargos de igual nivel de complejidad devenguen los mismos salarios. Pero la realidad actualmente no es así, pues nos encontramos con cargos de igual nivel donde hombres y mujeres devengan distintos salarios”.

Por último, el principio de competitividad es “el hecho de que, para definir una política salarial de la Administración del Estado, hay que tomar en consideración los estudios de mercado salarial, es decir, cómo está pagando el mercado externo, y ahí no cabe la diferencia de sexo. Siempre, teniendo en cuenta que la Administración Pública normalmente paga un 30 por ciento de la media del mercado privado”.

Las instituciones implicadas en el Proyecto de Reforma del Servicio Civil lograron incorporar estos tres principios en el Proyecto de Ley, en el nivel de implantación del marco jurídico.

Lograr que pase del papel a los hechos es un proceso de 5 a 7 años mínimo —opina Marta Elisabeth López—, “porque cualquier modificación que se haga y cualquier decisión que se tome en materia salarial, tiene mucho que ver con el presupuesto. No es únicamente cuestión de voluntades sino de Recursos del Estado”.

LO QUE SE PUEDE HACER

El ordenar los salarios en la Administración Pública del Estado implica tiempo y gasto y aún más el implementar la política, que incluya los principios de igualdad, equidad y competitividad. Esto todavía requiere de mayores esfuerzos por lo que amplía la directora:

“Cambiar hábitos muy arraigados es un proceso largo y costoso. Tiene que ver mucho con nuestra cultura, con la sensibilización hacia los cargos de dirección para que, al momento de definir una política salarial, desde estos cargos hagan un diagnóstico de lo que hay en su institución, conozcan su realidad y empiecen a analizar las razones de esas causas”.

Terminemos también con unos datos que muestran la invisibilidad actual del problema. Las diferencias salariales se toman ya como algo normal y para las mujeres afectadas, “lo importante es tener empleo y no quejarse para no perderlo”.

En muchos países los tribunales laborales están llenos de causas de trabajadores, a título individual como en colectivos de gremio. En Nicaragua, los juzgados y el Tribunal de Apelaciones no han procesado demandas por falta de equidad salarial, no hay un solo caso sobre este tema.

Al hablar con magistrados sobre el tema, se encontró únicamente un caso y no era por cuestiones salariales, sino para la aplicación correcta de unos beneficios laborales.  

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