- El río San Juan es un trozo de nuestro territorio soberano y no un compartido río fronterizo, como es el caso del Coco o Segovia, el cual usufructuamos conjuntamente con Honduras
Emilio Alvarez Montalván*
A los nicaragüenses nos halaga que los costarricenses admiren nuestro río San Juan, al que pretenden en su entusiasmo, navegar sin cortapisa alguna. Esa fascinación no le impide sin embargo, contaminar las aguas del río con desechos que inyectan las instalaciones industriales ribereñas que ahí mantienen. En todo caso el único requisito que exige Nicaragua a los turistas ticos es mostrar su pasaporte. Eventos colectivos como excursiones y deportes requieren por razones de tráfico, un permiso sin costo y a brevísimo plazo. Costa Rica en cambio exige un visado a los nicas que viajan a su país, previa consulta con San José y pago de un arancel establecido.
En ese contexto debe recordarse que conforme al Laudo Cleveland, Nicaragua ejerce sobre el río “el dominio y sumo imperio”, lo que coloca a nuestra arteria fluvial en la misma categoría que cualquier carretera que cruza el interior del país. Esto es así porque el San Juan es un trozo de nuestro territorio soberano y no un compartido río fronterizo, como es el caso del Coco o Segovia, al cual usufructuamos conjuntamente con Honduras, conforme la sentencia de La Haya.
También es cierto que la única concesión que otorga el laudo Cleveland a Costa Rica es que sus nacionales puedan transitar el río libremente, siempre que lo hagan con propósito de comercio (distinto de la industria turística) o de tareas fiscales, aunque limitan esa franquicia al tramo comprendido entre dos millas al Este de la fortaleza de El Castillo y su desembocadura en el Atlántico. Fue una concesión fraternal explicable cuando en el siglo pasado la ruta a través del río era la única que podía emplear Costa Rica para exportar su cosecha de café, ocupando el puerto de San Juan del Norte. También autoriza el mencionado Laudo a nuestro vecina para que desde su territorio cuide la seguridad del San Juan, amenazado entonces por invasiones. Esa excepción y mandato así concretados, es quizás lo que enreda a ciertos sectores costarricenses que suponen con ello haber adquirido el derecho a pasearse por todo el río y en cualquier tiempo o circunstancia.
Una prohibición expresa del Laudo Cleveland es la circulación en el San Juan de buques de guerra costarricenses, como tampoco autoriza que surquen sus aguas, guardias armados de aquel país. Recordemos a ese respecto que las Tratados de fronteras son muy limitativos en el sentido que sólo aquello taxativamente acordado es reclamable y en este caso, la circulación de soldados y oficiales costarricenses armados no lo contempla el Tratado Cañas Jerez.
A estas alturas, uno se pregunta ¿por qué entonces las autoridades de esta administración costarricense insisten hasta la obsesión en incomodarnos, reclamando algo que su país no tiene derecho, al punto de amenazar llevarnos a un tribunal internacional de justicia si no cedemos a sus pretensiones? Lo cierto es que ese conflicto no existió durante los gobiernos Figueres (padre e hijo) ni de los Calderón (Guardia y Fournier), lo que nos conduce a pensar que se trata de tensiones de política interna, que buscan descargarse en un chauvinismo extemporáneo ,que daña unas relaciones que deberían ser cordiales.
Aclarada la absoluta soberanía de Nicaragua sobre el río es normal que nuestras autoridades en San Carlos pidan a los guardias civiles ticos que lleven armas presentar solicitud por escrito para ser autorizados a viajar por el río conduciendo vituallas, personal de relevo o ayuda humanitaria a sus puestos enclavados en territorio tico cercano al río. Estoy seguro que en cada caso conseguirían el paso sin problemas, aclarado los propósitos del viaje, fecha y hora, además de la anotación de sus armas..
Es el mismo procedimiento que se sigue en el mundo entero tratándose de aviones o barcos, civiles o militares extranjeros, que piden permiso para cruzar los cielos o las aguas oceánicas territoriales (persecución de narcotráfico) de otro país o cuando jefes de Estados ingresan a un territorio foráneo acompañados de sus escoltas, informando de antemano claro está, las armas que llevan consigo.
Por otra parte, Nicaragua estará siempre muy agradecida por la valiosa ayuda que Costa Rica con don Juan Mora, a la cabeza de un ejército aguerrido y bien dotado, nos prestó para expulsar al filibustero Walker. Fue una repetida hazaña que costó la vida a centenares de ciudadanos costarricenses y que Nicaragua saldó generosamente y de una vez por todas, al ceder a Costa Rica los valiosos territorios de Guanacaste y Nicoya.
Tampoco debe olvidarse que Nicaragua libró una dura y prolongada batalla en el siglo XIX para retener el río San Juan, la Costa Atlántica, gran parte del istmo de Rivas y la costa meridional del lago de Nicaragua, que pretendía arrebatarnos el Tratado Crampton Webster. Si no ha sido por la patriótica labor de José Torcuato de Marcoleta nuestro insigne diplomático, hubiéramos perdido gran parte de nuestro patrimonio. Valga lo anterior para entender el celo de Nicaragua para conservar íntegro lo que le queda.
Así entiendo el modus vivendi (sin ánimo de polémica) que pudiera regir el uso del río San Juan de parte de nuestra hermana Costa Rica.
* Excanciller de la República de Nicaragua.