JULIO CENTENO
Muchos han sido los comentarios vertidos en las últimas horas a través de medios de difusión en relación a la actuación de la Procuraduría General de Justicia en el caso de la intervención del Banco Intercontinental (Interbank) y las causas que motivaron dicha intervención.
Esos comentarios muy negativos por cierto, podrían pasar por alto, ya que algunos fueron hechos por personas desconocedoras de la materia jurídica y otros por abogados manifiestamente resentidos que aprovechan el momento para verter su odio y su frustración, o sencillamente porque en realidad se olvidaron del derecho.
Pero cuando es un medio informativo de la calidad del Diario LA PRENSA con tanto valor en la opinión pública y en el corazón de los nicaragüenses, quien incurre en este error, me veo en la obligación de dar una explicación a ese Diario y a sus numerosos lectores, sobre lo que ha sido la real y justificada participación de la Procuraduría en los acontecimientos relacionados al Interbank.
La aclaración es más que evidente en sí misma, es que la Procuraduría General de Justicia actuando en su carácter de Fiscalía Penal, en este caso, participa en los hechos porque la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones formalmente informó por escrito y con soporte legal de pruebas, sobre los hechos ilícitos cometidos en ese Banco, no contra el patrimonio del Estado como ustedes muy bien dicen, sino contra el patrimonio de los ahorrantes, constituidos por un gran sector del pueblo de Nicaragua a quienes nosotros representamos y estamos obligados a defender, y a los que ustedes siempre han defendido a través de las páginas de ese diario.
Por eso me extraña el editorial del día 11 de los corrientes, porque en lugar de apoyar la actitud del Ministerio Público o Fiscalía Penal, se nos critica sin razón y sin el mínimo principio de equidad, más bien vuelven a referirse al caso Byron Jerez, donde quedó claramente establecido que nunca manifesté no sentirme ofendido por tal actuación.
Referente al mismo caso del señor Jerez que tanto gusta de removerse, mientras en dicho caso la Contraloría General de la República no envió ninguna información a la Procuraduría General de Justicia de su resolución que ya todos conocen, en el presente caso de Interbank y de otros casos de Instituciones Financieras relacionadas con Almacenes de Depósitos, el señor Superintendente de Bancos y de otras Instituciones Financieras, sí envió a Procuraduría un informe detallado de los hechos delictivos acaecidos en los mismos, en los cuales un gran sector del pueblo de Nicaragua representado por imperativo legal por el Ministerio Público, han sido perjudicados patrimonialmente por delitos de orden público perseguibles de oficio.
Por eso me permito recordar a ustedes y a todos los lectores de este Diario así como a los juristas que han olvidado la ley, que la Procuraduría General de Justicia desde su nacimiento en agosto de mil novecientos setenta y nueve, desempeña institucionalmente una triple función en este país. Ministerio de Justicia, Procuraduría General de Justicia como representante legal del Estado y Ministerio Público o Fiscalía Penal como representante de la sociedad civil ofendida y la víctima del delito, parte institucional que está operando en este caso.
He pensado en ¿qué dirían los medios de difusión y los críticos gratuitos, si a estas alturas la Procuraduría Penal de Justicia a través del Ministerio Público guardara silencio en este caso?
“Cosas veredes Sancho amigo” (Cervantes).
Procurador General de Justicia