“Sentencia 591 violenta derechos laborales”

Como todas las mañanas, Álvaro Leiva, abogado y notario, se levantó a buscar los periódicos para leer noticias. Pero el 29 de septiembre dice que sintió “una tristeza profunda” cuando leyó que el Tribunal Nacional Laboral había dictado una sentencia en la que permitía a un empleador reducir el salario de un trabajador “por mutuo acuerdo”.

Cartas al Director

El Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones (TNLA) en su Sentencia 591, del 14 de agosto de este año violenta los Principios Fundamentales del Derecho del Trabajo, al afirmar insólitamente que los salarios de los trabajadores pueden ser reducidos siempre que el trabajador esté de acuerdo con ello y en sintonía con esto sentencian: “Por lo anterior concluimos que la norma del Arto. 82 C.T. no le prohíbe modificar cuantas veces le convenga el salario…” (Sic).

Nueva era en derecho laboral

El pasado 29 de mayo entró en vigencia el Código Procesal Laboral y de Seguridad Social Nicaragüense (CPLSSN), el cual se logró aprobar luego de un arduo trabajo técnico de consenso entre la Asamblea Nacional, Corte Suprema de Justicia, Organizaciones Sindicales y el Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep); siendo esta una de las 69 leyes que hemos aprobado bajo ese esquema de diálogo público-privado en beneficio del país.

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