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Con el inicio de 2026, el calendario de feriados permite identificar las pausas previstas en la jornada laboral a lo largo del año. De los diez días feriados nacionales establecidos en la Ley 185, Código del Trabajo, uno coincidirá con un domingo y otro con un sábado, lo que significa que la mayoría de estas fechas caerán en días hábiles. Esto posibilita que los trabajadores, en especial quienes se desempeñan en el sector formal, puedan hacer efectivo el descanso durante la semana laboral.
El calendario escolar también reconoce estos feriados, esto facilita que las familias puedan disfrutarlos e incluso planear actividades fuera de la rutina diaria.
En este contexto, el 19 de julio, fecha en que el sandinismo conmemora el aniversario de la Revolución, caerá en domingo. Sin embargo, la legislación laboral establece que ese descanso no se pierde. El artículo 68 de la Ley 185, Código del Trabajo, dispone que cuando un feriado coincide con el séptimo día de descanso semanal, debe ser compensado, y si el trabajador labora en esa fecha, corresponde el pago como jornada extraordinaria.
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Feriados nacionales obligatorios con derecho a descanso y salario
1. Jueves 1 de enero, Año Nuevo
2. Jueves 2 de abril, Jueves Santo
3. Viernes 3 de abril, Viernes Santo
4. Viernes 1 de mayo, Día Internacional de los Trabajadores
5. Sábado 30 de mayo, Día de las Madres (incluido desde 2022)
6. Domingo 19 de julio, aniversario de la Revolución
7. Lunes 14 de septiembre, aniversario de la Batalla de San Jacinto
8. Martes 15 de septiembre, aniversario de la Independencia de Centroamérica
9. Martes 8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción de María
10. Viernes 25 de diciembre, Navidad
¿Qué derechos tengo en los feriados nacionales?
Aunque los feriados nacionales son de cumplimiento obligatorio, con derecho a descanso y salario, el artículo 69 del Código del Trabajo contempla excepciones que permiten laborar en determinadas actividades. Entre ellas figuran las farmacias, servicios esenciales, establecimientos recreativos, reparaciones urgentes por causa de fuerza mayor, atención de emergencias derivadas de fenómenos climáticos, así como los servicios de alimentación y otras necesidades básicas de la población.
La norma también autoriza el trabajo durante feriados en establecimientos cuya paralización pueda ocasionar afectaciones relevantes al interés público, a la industria o al comercio, además de aquellas labores vinculadas a la atención cotidiana e indispensable, en especial las relacionadas con la provisión de alimentos.
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Cuando se labora en un feriado nacional, la ley establece que ese día debe pagarse como jornada extraordinaria, lo que implica una remuneración adicional del ciento por ciento sobre el salario ordinario. En términos prácticos, esto se traduce en el pago doble por el día trabajado, siempre que se trate de uno de los feriados nacionales reconocidos por la legislación laboral.
El cumplimiento de estas disposiciones es supervisado por la Inspección General de Trabajo del Ministerio del Trabajo, que se encarga de verificar que se respete el descanso obligatorio y de determinar las condiciones bajo las cuales los establecimientos industriales o comerciales pueden acogerse a las excepciones previstas para operar en días feriados.

Sustitución del día de descanso
Por su parte, el artículo 70 del Código del Trabajo establece que, si un trabajador labora en un feriado nacional o día de descanso obligatorio, ese descanso puede compensarse con otro día dentro de la misma semana o mediante dos medios días en semanas consecutivas, según lo acuerden las partes.
La ley dispone que empleadores y trabajadores deben consensuar cuántas personas laborarán en esos días y bajo qué condiciones específicas, dejando constancia del acuerdo sobre la compensación del descanso o la forma de pago correspondiente.
26 de enero inician las clases
Por otro lado, el Ministerio de Educación (Mined) también respeta los días feriados nacionales en sus planes de trabajo. El calendario escolar 2026 establece un inicio escalonado del ciclo lectivo. Las clases comienzan el 26 de enero para la educación regular y el 31 de enero para las modalidades a distancia y de adultos.
En el calendario escolar los feriados nacionales se respetan conforme a la ley, pero no generan modificaciones adicionales, ya que no existe una política de traslados ni de suspensión extendida de clases por fines de semana largos.
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Además de la suspensión de actividades escolares durante los diez feriados nacionales, el calendario escolar también incluye un receso que va del Lunes al Miércoles Santo que se suman al Jueves y Viernes para completar una semana completa de descanso. También incluye un receso intersemestral que se tomará en julio y será de dos semanas para los estudiantes y de una semana para los docentes.
Este receso tendrá fechas diferenciadas para estudiantes y maestros. Para los estudiantes será del 6 al 20 de julio y para el personal docente del 6 al 12 de julio
El calendario escolar 2026, presentado por el Ministerio de Educación, se adapta a esos feriados sin alterar el ciclo lectivo. Por ejemplo, Semana Santa no coincide con cortes evaluativos clave; las Fiestas Patrias se integran mediante desfiles y actos cívicos; y el receso intersemestral absorbe cualquier interrupción de mitad de año. El objetivo central es garantizar continuidad académica sin ampliar períodos de descanso.