En término neto, la inversión extranjera directa hasta septiembre 2025 fue de 1,220.7 millones de dólares.

En término neto, la inversión extranjera directa hasta septiembre 2025 fue de 1,220.7 millones de dólares. In net terms, foreign direct investment through September 2025 totaled $1.22 billion. LA PRENSA/ARCHIVO

Reglamento de nueva ley de inversiones refuerza poder de Laureano Ortega para decidir entrada de capitales al país

Hijo de los dictadores tendrá voto doble cuando en los procesos de aprobación en las nuevas inversiones haya empate, además los titulares del BCN, Mific y CNZF estarán bajo su mando

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La Asamblea Nacional aprobó el reglamento de la Ley 1240, Ley de Inversiones Extranjeras, que le entrega el control del ingreso y seguimiento de las inversiones extranjeras a la Secretaría de Promoción de Inversiones y Exportaciones (Spiex), que dirige Laureano Ortega Murillo. El recién aprobado reglamento también define el mecanismo de la inscripción de las inversiones, que antes era voluntaria y se realizaba únicamente con fines estadísticos, pero ahora es un requisito obligatorio.

El nuevo marco legal deroga la Ley 344, Ley de Promoción de Inversiones Extranjeras, que se aprobó en agosto del 2000; también anula el decreto Ejecutivo 055-2006, que ordenaba la creación de la Ventanilla Única de Inversiones (VUI) que era la encargada de facilitar la formación de las empresas.

Con la anulación de ambas normativas las funciones que estas le asignaban al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific), al Banco Central de Nicaragua (BCN) y al Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (Marena), la Ley 1240, Ley de Inversiones Extranjeras, se las traslada a la Comisión Nacional de Inversión Extranjera (CNIE).

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Funcionarios subordinados a Laureano Ortega

La CNIE será dirigida por el asesor presidencial para las Inversiones, Comercio y Cooperación Internacional, cargo que ejerce Laureano Ortega Murillo. Además, en dicha comisión trabajarán bajo la subordinación de Ortega Murillo el presidente del BCN, Ovidio Reyes; el ministro del Mific, José de Jesús Bermúdez, y el director ejecutivo de la Comisión Nacional de Zonas Francas (CNZF), cargo que desde junio de 2023 ocupa de forma interina Fernando Diego Sánchez Solórzano, un total de cuatro miembros.

Según el reglamento, el quórum para las sesiones de la CNIE será de tres de los cuatro miembros y las resoluciones se adoptarán por mayoría simple. Pero en caso de empate, su coordinador, es decir Ortega Murillo, tendrá voto dirimente.

El reglamento de la Ley 1249 establece que las funciones de Laureano Ortega Murillo, en su calidad de coordinador de la CNIE, será entre otras: convocar, por medio de la Secretaría de Promoción de Inversiones y Exportaciones (Spiex) a las sesiones de la CNIE y aprobar la agenda; presidir las sesiones; velar por el cumplimiento de los acuerdos alcanzados, y cualquier otra función necesaria para el
cumplimiento de los objetivos de la CNIE.

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Ortega evaluará y aprobará las solicitudes

Con respecto a la obligatoriedad de registrarse, el reglamento establece que «los inversionistas deberán presentar en la dirección de Inversiones del Mific el formulario de solicitud correspondiente». La solicitud debe ir acompañada del plan de inversión; del proyecto de escritura de constitución social, en caso corresponda; y de la copia certificada notarialmente de la identificación de los inversionistas (pasaporte o cédula de residencia). El formulario de solicitud de registro y todos los documentos adjuntos deben presentarse en español.

La CNIE que dirigirá Laureano Ortega también contará con un Comité Técnico de Evaluación y Seguimiento de Inversiones Extranjeras (Ctesie), que evaluará las solicitudes de registro de inversiones extranjeras y determinará cuáles se considerarán estratégicas para que la CNIE las apruebe.

Este comité será coordinado por la Spiex que dirige Laureano Ortega y contará con delegados del Mific, la CNZF, el BCN y la entidad rectora del sector al que corresponda la inversión.

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Criterios para aprobar las inversiones

Los criterios que se utilizarán para determinar si una inversión es estratégica y debe aprobarse serán: monto de la inversión, cantidad de empleos que generará y la contribución que hará al cumplimiento de lineamientos estratégicos del país.

Pero la CNIE podrá incorporar otros criterios y la metodología de evaluación de los mismos. En los casos en que las inversiones se aprueben estas deberán completar los trámites para formalizar la empresa y firmar un contrato con el órgano rector del sector al que corresponda la inversión.

Una vez aprobadas y establecidas las inversiones, todos los inversionistas extranjeros deberán presentar un informe trimestral de cumplimiento del plan de inversión, que recibirá un dictamen técnico para que la dirección de inversiones del Mific le dé seguimiento.

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Causas para cancelar registro de las inversiones

Los inversionistas también deberán reportar ante el registro las modificaciones que realicen en la estructura accionaria de los socios, fusiones de la sociedad, origen de los fondos, plan de inversión o cualquier otros cambio que sufra la información brindada originalmente. Los cambios deben reportarse a más tardar treinta días después de haberse concretado.

Las inversiones extranjeras que reciban la aprobación contarán con un Registro Único de Inversión Extranjera (RUIE) que les cancelarán si los órganos rectores determinan que incumplieron las obligaciones establecidas en la Ley 1240 y su reglamento; o si incumplen las disposiciones establecidas en el contrato que firmen con el órgano rector del sector al que pertenezca la inversión. El registro también lo cancelarán cuando la empresa cierre operaciones en el país, previo cumplimiento de sus obligaciones.

Las inversiones que no reciban el RUIE no podrán realizar actividades económicas en el país, ya que la Dirección General de Ingresos (DGI), las Alcaldías, el Instituto Nicaragüenses de Seguridad Social (INSS) y todas las instituciones públicas encargadas de la formalización de las empresas están obligadas a pedirlo como requisito para cualquier trámite.

Nuevo marco legal no atrae inversiones

Finalmente, el reglamento de la Ley 1240 establece que las inversiones del sector bancario o financiero, además de cumplir las disposiciones establecidas en dicha normativa deben cumplir lo establecido en la Constitución Política de Nicaragua y las leyes específicas en la materia y según corresponda, someterse a la regulación, supervisión y fiscalización de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (Siboif), el BCN y la Comisión Nacional de Microfinanza (Conami).

A criterio de dirigentes del sector empresarial, que prefieren no identificarse, consideran que este nuevo marco legal no crea ningún incentivo para atraer inversiones nuevas, mientras la que existe actualmente en el país se sustenta principalmente en la reinversión de utilidades, que en muchos casos deben realizar por los problemas que enfrentan para enviarlas a su casa matriz.

Además, consideran que aunque este nuevo marco legal trata de mostrar seguridad a los nuevos inversionistas, la nueva Constitución que entró en vigencia en febrero de este año eliminó las garantías para la inversión, tanto nacional como extranjera. A eso se suman los antecedentes de empresas confiscadas sin la debida indemnización y el irrespeto a convenios internacionales que protegen las inversiones. También que la firma del contrato que establece la ley, las disposiciones ambiguas sobre los requisitos para cancelar el RUIE y otras disposiciones pueden generar desconfianza entre los inversionistas.

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