El lunes de esta semana, 25 de noviembre de 2024, el poder legislativo de la dictadura aprobó la llamada “Ley de Protección de los Nicaragüenses ante sanciones y agresiones externas”.
Según la información de LA PRENSA, el propósito de esta ley es obligar a los bancos de Nicaragua a que no apliquen las sanciones impuestas por Estados Unidos (EE. UU.) y otros países e instituciones internacionales a funcionarios del régimen por ser señalados como grandes violadores de los derechos humanos.
De acuerdo con dicha ley, a partir de ahora los bancos no podrán cancelar cuentas bancarias de las personas sancionadas y tendrán que reabrir las de aquellas a quienes se las habían cerrado en acatamiento de las sanciones impuestas.
De acuerdo con la información y opiniones de los expertos, el problema para los bancos de Nicaragua —muy grave por cierto— es que son corresponsales de entidades bancarias extranjeras que tienen la obligación ineludible de aplicar las sanciones y cancelarían las corresponsalías a los bancos de este país que no las acaten.
Por un lado, si los bancos extranjeros exoneran a sus corresponsales en Nicaragua de la responsabilidad de acatar la imposición de las sanciones, serían ellos mismos los sancionados por la OFAC. Así se llama por sus siglas en inglés la agencia del Departamento del Tesoro de EE. UU., responsable de administrar y aplicar las sanciones económicas y comerciales, cumplir con la política exterior estadounidense, designar a personas y entidades como terroristas o narcotraficantes y alcanzar los objetivos de seguridad nacional de ese país, entre otros.
Por otra parte, si los bancos de Nicaragua no acatan la ley contra la aplicación de sanciones a personas y entidades nicaragüenses serían castigados drásticamente, inclusive con penas de prisión para sus directores y ejecutivos.
Pero no solo los bancos y los banqueros serían castigados. También sufrirían las consecuencias sus numerosos trabajadores, porque muchos perderían sus empleos al reducirse las operaciones bancarias e inclusive desaparecer algunos bancos. Y sobre todo el castigo del Gobierno a los bancos causaría graves daños a la actividad económica nacional productiva y comercial, a las exportaciones e importaciones del país y a una enorme parte de la población que depende de los mecanismos bancarios para sus actividades. Incluyendo el uso de tarjetas de crédito y débito, y el envío y recepción de las remesas familiares que son un componente clave de los ingresos nacionales y para la sobrevivencia de innumerables familias nicaragüenses.
En realidad, se podría decir que esa ley pone a la economía nacional y a la población como escudo para la protección de los funcionarios e instituciones del Estado afectados por las sanciones internacionales.
Luciano García, activista opositor exiliado y miembro de un centro de pensamiento político nicaragüense que también funciona fuera del país, explica en un artículo de opinión publicado ayer por LA PRENSA que para cumplir la susodicha ley “los bancos nicaragüenses podrían solicitar licencias específicas a la OFAC”. Pero advierte que “la próxima administración de (el presidente) Trump, conocida por su estricta política de sanciones, podría dificultar la obtención de dichas licencias”.
La verdad es que si no se encuentra una salida como la mencionada por el articulista, podría haber una catástrofe económica y financiera nacional. Lo que al parecer no le importaría a quienes detentan el poder político en Nicaragua. Ya durante la primera revolución sandinista ellos liquidaron el Sistema Financiero Nacional, arruinaron totalmente la economía del país y mandaron a la miseria a la mayor parte de los nicaragüenses.
Y seguramente no tendrían escrúpulos para hacerlo otra vez, porque en Nicaragua “el pasado no pasa”, como escribió el filósofo francés André Gluckman (1913-2015).