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Fachada de la Corte Suprema de Justicia. LA PRENSA/Archivo

“Se pretende utilizar para recrudecer la persecución”. Expertos analizan los alcances que tendrá la reforma al Código Penal

Daniel Ortega mandó una reforma que busca darle principio de universalidad a delitos que ha usado para reprimir a la disidencia

La reforma al Código Penal que envió el dictador Daniel Ortega el pasado jueves 29 de agosto a la Asamblea Nacional es parte de un combo de modificaciones a la legislación que le permitirán al régimen fortalecer sus mecanismos de represión política, social y económica, según el análisis de expertos en derecho.

Con la reforma al Código Penal, Ortega busca modificar 27 artículos y hacer 16 adiciones. Su principal objetivo es legalizar las prácticas represivas que se han venido implementando en contra de los nicaragüenses a quienes se les han suspendido de facto gran parte de sus derechos constitucionales.

Asimismo, Ortega mandó reformas a las leyes 977, Ley de lavado de activos, financiamiento al terrorismo y a la proliferación de destrucción de armas masivas; y a la Ley 976, Ley de unidad de análisis financiero.

En el caso de Código Penal, un experto en justicia penal, quien pidió permanecer bajo anonimato, dijo a LA PRENSA que “es una verdadera contrareforma en materia penal”.

Se especuló mucho sobre el principio de universalidad que se añade al Código, sin embargo el Código Penal vigente ya establece esto. Lo diferente y preocupante, de acuerdo con los expertos consultados, es que se amplía significativamente la lista de los delitos a perseguir.

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Inquieta especialmente que los delitos añadidos bajo el principio de universalidad son los que han sido utilizados para la persecución política y social, como el financiamiento al terrorismo, delitos contra la administración pública, delito contra el Estado o sus instituciones y ciberdelitos.

Para el experto, esta es “una herramienta para ejercer control sobre individuos y organizaciones que considera una amenaza a su régimen, especialmente en el contexto de sanciones impuestas por otros países y juicios en el extranjero contra Ortega, Murillo y su círculo cercano por delitos de lesa humanidad”.

“La aplicación del principio de justicia universal puede interpretarse, en este contexto, como un medio para contrarrestar estas medidas que la comunidad internacional aplica al régimen”, agregó el especialista en justicia penal.

Desvirtúa el principio de universalidad

El especialista en Administración de Justicia Yader Morazán aclaró que las reglas de persecución y aplicación de las leyes penales siguen siendo las mismas, es decir que no se han reformado las disposiciones legales que obligan a celebrarse juicios en presencia de los acusados, uno de los temas que ha causado confusión.

No obstante, la ampliación del “catálogo de delitos” que pretende hacer Ortega incluye los delitos que han sido utilizados para perseguir a opositores y trabajadores del Estado, pese a que algunos de estos “no tienen un carácter universal en términos legales, ya que cada país define y regula estos de acuerdo con su propio marco legal y sus sistemas de justicia, muy ajeno al sentido estricto del derecho penal internacional”, afirmó Morazán.

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El experto consultado bajo anonimato dijo que “es oportuno señalar que el principio de justicia universal es un instrumento para proteger los derechos humanos y perseguir crímenes graves, por lo que la reforma planteada por Ortega desvirtúa la naturaleza de este principio, ya que se pretende utilizar para recrudecer la persecución sobre opositores que se encuentran en el exilio y contrarrestar la presión internacional ante las graves y sistemáticas violaciones de derechos humanos”.

Uno de los mayores riesgos de esto, es que “al entrar en vigencia esta reforma el régimen podría pedir la extradición de personas que se encuentren en el extranjero al ser acusados en Nicaragua y sus bienes podrían ser decomisados mediante medidas precautelares”, añadió.

Decomiso de bienes

En su propuesta de reforma, Ortega pide modificar el artículo 46 del Código Penal, referente a las penas, donde incluye el castigo de “decomiso”, que no es más que la confiscación de bienes, de acuerdo con los especialistas. Esto plantea riesgos significativos.

“Este decomiso no solo afecta a bienes directamente vinculados con delitos, sino también a activos de valor equivalente. Esto podría permitir al régimen utilizar acusaciones como financiamiento al terrorismo, lavado de activos o ciberdelitos para confiscar propiedades y recursos financieros de individuos y organizaciones con acusaciones sin elementos de pruebas”, valoró el penalista consultado.

La falta de un proceso judicial con garantías del debido proceso y jueces sin independencia, así como la amplia definición de delitos “hacen que estas reformas sean una espada en el cuello de opositores que siguen demandando justicia y democracia para Nicaragua”, agregó el experto.

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Por su lado, Morazán por su lado señaló que con el catálogo de nuevas sanciones para las personas jurídicas –empresas, fundaciones, corporaciones, asociaciones u organizaciones–, tiene como fin justificar los decomisos que han venido haciendo en contra de los bienes que no están relacionados con un delito, “desvirtuando la naturaleza jurídica de dicha medida legal que tiene como objetivo privar a los delincuentes de las ganancias obtenidas de actividades ilícitas y desmantelar las estructuras económicas que sustentan las organizaciones criminales”.

La dictadura ha cancelado más de 5,500 organismos independientes que operaban en el país brindando atenciones en temas sociales, como educación, salud, género, etc., especialmente asociaciones religiosas que hacían labores en lugares remotos del país. También ha ilegalizado universidades, medios de comunicación –incluida LA PRENSA– y a todos les ha confiscado sus bienes y congelado sus cuentas bancarias.

Política Código Penal de Nicaragua Daniel Ortega

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