Finalizan las audiencias orales en La Haya sobre el caso de Nicaragua contra Colombia. LA PRENSA / CAPTURA DE PANTALLA

Finalizan las audiencias orales en La Haya sobre el caso de Nicaragua contra Colombia las que iniciaron el 20 de septiembre. LA PRENSA / CAPTURA DE PANTALLA

Finalizan audiencias orales del caso de Nicaragua contra Colombia, tribunal de La Haya comenzará su deliberación

La ronda de audiencias orales finalizó este viernes 1 de octubre, Nicaragua solicitó a la CIJ que declare que las reconvenciones de Colombia "son rechazados con todas las consecuencias legales". Ahora el caso queda en manos de los 15 magistrados quienes podrían tardar hasta seis meses para emitir una sentencia o fallo.

Este viernes 1 de octubre la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya finalizó la ronda de audiencias orales públicas sobre el caso de Nicaragua contra Colombia llamado «Presuntas Violaciones de Derechos Soberanos y Espacios Marítimos en el Mar Caribe», en el que el equipo de defensa nicaragüense realizó su última intervención. La Haya a través de un comunicado informó que comenzará ahora su deliberación y la sentencia del tribunal se pronunciará en audiencia pública, cuya fecha se anunciará en el momento oportuno, indicó el organismo.

Se conoce que el caso podría tardar hasta seis meses, según han señalado especialistas. En la misiva la CIJ presentó un breve resumen de las tres audiencias celebradas en esta semana, y sobre la realizada este viernes aseguró que Nicaragua presentó sus comunicaciones finales sobre las reconvenciones de Colombia.

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“Nicaragua solicita respetuosamente a la Corte que resuelva y declare que las reconvenciones de la República de Colombia son rechazadas con todas las consecuencias legales», refiere La Haya.

El litigio entre ambos países se debe a una nueva demanda que interpuso Nicaragua, en noviembre de 2013, en la que solicitó a la CIJ que declare que Colombia violó el derecho internacional por «usar la fuerza en espacios marítimos nicaragüenses, mantener su presencia en las zonas marítimas que fueron adjudicadas a Nicaragua en el fallo de 2012 y expedir el Decreto de 2013 que creó la denominada Zona Contigua Integral».

En 2012, la CIJ resolvió una disputa abierta desde 2001 y estableció nuevos límites marítimos entre los dos países. La máxima autoridad judicial del derecho internacional otorgó miles de kilómetros cuadrados del territorio marítimo colombiano a Nicaragua y dejó islas colombianas enclavadas en la jurisdicción nicaragüense.

Lunes: Nicaragua exige indemnización a Colombia

La misiva indica que el lunes 27 de septiembre Nicaragua expuso sus presentaciones finales sobre sus propias reclamaciones en las que solicitó a la CIJ que pronuncie y que declare sobre lo siguientes puntos. En primera instancia, que la República de Colombia con su conducta «ha incumplido su obligación internacional de respetar las zonas marítimas de Nicaragua delimitadas en la sentencia de la Corte de 19 de noviembre de 2012, así como los derechos soberanos y la jurisdicción de Nicaragua en estas zonas». En este día Nicaragua solicitó que Colombia debe indemnizar al país.

Y por consecuencia, Nicaragua exigió ante la Corte que «Colombia debe poner fin de inmediato a su conducta internacionalmente ilícita en las zonas marítimas de Nicaragua, según lo delimitado en la sentencia (….) incluidas sus violaciones de los derechos soberanos y la jurisdicción de Nicaragua en esas zonas marítimas y tomar todas las medidas necesarias para respetar de manera efectiva los derechos soberanos y la jurisdicción de Nicaragua».

Carlos Argüello, embajador de Nicaragua en los Países Bajos y representante de Nicaragua ante La Haya. LA PRENSA/Tomado de Internet

Enseguida la defensa nicaragüense, liderada por Carlos Argüello, embajador de Nicaragua en los Países Bajos y representante de Nicaragua ante La Haya, solicitó que «Colombia debe asegurar que la decisión de la Corte Constitucional de Colombia de 2 de mayo de 2014 o de cualquier otra Autoridad Nacional no obstaculice el cumplimiento de la Sentencia de la CIJ».

Además, se precisa que ese día Nicaragua exigió ante La Haya que Colombia debe «indemnizar» por «todos los daños causados ​​por sus violaciones de sus obligaciones legales internacionales, incluidos, entre otros, los daños causados ​​por la explotación de los recursos vivos de la zona económica exclusiva de Nicaragua por embarcaciones pesqueras ilegalmente ‘autorizadas’ por Colombia para operar en esa zona, y la pérdida de ingresos ocasionada por la negativa de Colombia a permitir, o por su disuasión, la pesca de embarcaciones nicaragüenses o embarcaciones de terceros Estados autorizados por Nicaragua y, en general, por los daños causados ​​por sus acciones y declaraciones a la explotación de los recursos en la zona económica exclusiva de Nicaragua, con el monto de la indemnización a ser determinado en una etapa posterior del caso».

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También Nicaragua insistió en que Colombia debe «brindar las garantías adecuadas de no repetición de sus hechos internacionalmente ilícitos, incluso reconociendo formalmente que la frontera delimitada por la Corte en su Sentencia de 19 de noviembre de 2012 será respetada como la frontera marítima internacional entre Colombia y Nicaragua». Para finalizar la defensa nicaragüense pidió que la Corte se pronuncie y declare que «seguirá conociendo el caso hasta que Colombia reconozca y respete los derechos de Nicaragua en el Mar Caribe atribuidos por la Sentencia de la Corte de 19 de noviembre de 2012”.

Miércoles: Colombia también pide indemnización

El miércoles 29 de septiembre, el equipo jurídico de defensa de Colombia presentó sus alegatos finales sobre las reclamaciones de Nicaragua y sobre sus propias reconvenciones. Primeramente solicitó a la CIJ que rechace cada uno de los Escritos de la República de Nicaragua, y que juzgue y declare que «Colombia no ha violado de ninguna manera los derechos soberanos de Nicaragua ni los espacios marítimos en el suroeste del Mar Caribe».

Y a la vez, solicitó que declare que el Decreto Nº 1946 de Colombia de 9 de septiembre de 2013, que fue modificado por el Decreto Nº 1119 de 17 de junio de 2014, que «no ha dado lugar a ninguna violación de los derechos soberanos ni de los espacios marítimos de Nicaragua».

La defensa de Colombia alegó que «no hay nada en el derecho internacional que impida que la zona contigua de un Estado se superponga con la zona económica exclusiva de otro Estado; que las líneas geodésicas establecidas en el Decreto que conecta los puntos ultraperiféricos de las zonas contiguas de Colombia no violan el derecho internacional; que las facultades específicas relativas a la zona contigua enumeradas en el Decreto no violan el derecho internacional; y que ninguna acción de Colombia en la zona contigua ha dado lugar a violación de los derechos soberanos o espacios marítimos de Nicaragua».

El agente Carlos Gustavo Arrieta, es quien lidera el equipo jurídico defensor de Colombia ante La Haya. LA PRENSA / TOMADA DE INTERNET
El agente Carlos Gustavo Arrieta es quien lidera el equipo jurídico defensor de Colombia ante La Haya. LA PRENSA / TOMADA DE INTERNET

Ese día el equipo defensor, liderado por el agente Carlos Gustavo Arrieta, solicitó a La Haya también que los habitantes del Archipiélago de San Andrés, en particular los raizales, «disfruten de los derechos de pesca artesanal en los caladeros tradicionales ubicados más allá del mar territorial de las islas del Archipiélago de San Andrés».

A la vez, que falle que «Nicaragua ha violado los derechos de pesca tradicionales de los habitantes del Archipiélago de San Andrés. Las líneas de base rectas de Nicaragua establecidas en el Decreto No. 33-2013 de 2013 son contrarias al derecho internacional y violan los derechos y espacios marítimos de Colombia».

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Enseguida exigió a la CIJ que ordene a Nicaragua asegurar que los habitantes del Archipiélago de San Andrés que se dedican a la pesca tradicional gocen de acceso irrestricto a sus bancos de pesca tradicionales ubicados en las áreas marítimas más allá del mar territorial de las islas del Archipiélago de San Andrés, y de los bancos ubicados en áreas marítimas colombianas cuando el acceso a ellos requiera navegar fuera del mar territorial de las islas del Archipiélago de San Andrés.

De la misma manera, Colombia solicitó que Nicaragua debe indemnizarlo por «todos los daños causados, incluido el lucro cesante, como consecuencia de la violación por Nicaragua de sus obligaciones internacionales. Dar a Colombia las debidas garantías de no repetición ”.

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