El pasado jueves 2 de septiembre, los hermanos Cristiana y Pedro Joaquín Chamorro Barrios fueron sometidos a una audiencia judicial en el interior de un cuartel de policía, donde funcionan las cárceles del Nuevo Chipote que son denunciadas por familiares de los presos políticos y de conciencia como centros de tortura y trato cruel. Organismos internacionales dedicados a la defensa de los derechos humanos han solicitado visitar esas instalaciones para verificar las denuncias, pero el régimen no lo ha permitido.
El solo hecho de que una jueza abandone su despacho judicial para realizar una audiencia tras los muros, portones y aldabas de un cuartel policial, es una evidente nulidad del proceso incoado en contra de los hermanos Chamorro y los ex trabajadores de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro: Walter Antonio Gómez Silva y Marcos Antonio Fletes Casco, financiero y contador de la extinta Fundación Violeta Barrios de Chamorro, y Pedro Vásquez Cortedano, conductor de la exprecandidata presidencial Cristiana Chamorro.
Lo mismo se puede y debe decir de los otros presos políticos a los que se les ha iniciado proceso en iguales condiciones.
El inciso 11 del artículo 34 de la Constitución Política de la República, establece que el proceso penal debe ser público, es decir, con la presencia de familiares y amigos de los procesados y con acceso al periodismo independiente. No obstante, al realizarse dicha audiencia en un cuartel policial, y no en el Complejo Judicial Central de Managua, inaugurado para esos fines a inicios del año 2013, constituye otra nulidad del proceso.
De acuerdo con los defensores, a los acusados se les ha violentado el principio constitucional de presunción de inocencia; desconocían el expediente; así como las presuntas pruebas presentadas por el Ministerio Público y nunca se les permitió entrevistarse previamente con sus defendidos, que es un principio constitucional establecido en el inciso 5, artículo 34 de la Constitución que textualmente dice: “El procesado tiene derecho a comunicarse libre y privadamente con su defensor”. Obviamente que ese tipo de incidentes son causas de nulidad.
La jueza Karen Chavarría tuvo oídos sordos cuando los defensores le pidieron que declarara la nulidad del proceso, ya que se ha violentado derechos constitucionales de sus defendidos desde el inicio del proceso. Están siendo juzgados en audiencias secretas, no pública como manda la ley; sometidos a tortura psíquica y moral según denuncias de los familiares; no se ha respetado la presunción de inocencia; nunca fueron informados de los hechos supuestamente delictivos de que se les acusa; no se les autorizó que se reunieran con sus defensores, quienes conocieron las acusaciones y supuestas pruebas hasta el momento de la audiencia. A pesar de ser tan claras las violaciones, la judicial rechazó la nulidad.
Lo mismo ocurrió cuando se le pidió que declarara la nulidad de las audiencias previas de garantías constitucionales y la audiencia preliminar, las dos efectuadas de forma secreta, bajo la oscuridad de la madrugada y sin la presencia de los defensores designados por los procesados, lo que constituye una violación a los derechos constitucionales y un irrespeto total al Código Procesal Penal, que establece nulidad de todo lo actuado.
La verdad es que la “justicia carcelaria” consagrada en la Constitución, en la práctica es nula de toda nulidad. La sociedad nicaragüense sabe interpretar correctamente este bochornoso acto de represalias en contra de Cristiana Chamorro Barrios, quien, según las encuestas de opinión, se había colocado a la cabeza de las preferencias electorales, representando una amenaza para quien pretende reelegirse sin tener que competir de manera justa, libre y transparente con ningún candidato de la oposición.
En el caso de Pedro Joaquín Chamorro Barrios, su “delito” fue expresar a la prensa independiente que, como miembro de un partido político de oposición, no rechazaría una propuesta de candidatura presidencial. A la noche siguiente fue allanada su casa de habitación y él trasladado a la temible cárcel del Nuevo Chipote, donde se está imponiendo la “justicia cuartelaria” a los opositores al régimen.