La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ampliar medidas provisionales a favor del líder estudiantil Lesther Alemán y el líder campesino Freddy Navas, y sus familias. Ambos cumplen 52 días de estar encarcelados y la CIDH considera que «se encuentran en una situación de extrema gravedad y urgencia de daños irreparables a sus derechos en Nicaragua».
Alemán y Navas fueron secuestrados por la Policía cuando se encontraban en sus viviendas el pasado 5 de julio en horas de la noche. Días después, el Ministerio Público (MP) informó que a ambos se les impuso 90 días de prisión, en el caso de Alemán, según el MP, está siendo investigado «por la posible comisión de actos ilícitos al contar con fuertes indicios de que han atentado contra la sociedad nicaragüense y los derechos del pueblo, de conformidad con la Ley No. 1055 y el Código Penal».
Mientras, Navas, según el MP, está siendo investigado por «haber concertado con otras personas la formación de una organización permanente para la comisión de hechos delictivos graves en perjuicio del Estado de Nicaragua, sus instituciones y ciudadanos, así como por contar con fuertes indicios de que han atentado contra los derechos del pueblo y la sociedad nicaragüense, de conformidad con la Ley No. 1055 y el Código Penal». A la fecha ambos llevan 52 días de permanecer encarcelados presuntamente en la Dirección de Auxilio Judicial (DAJ) conocida como el nuevo Chipote.
La #CIDH solicita a la @CorteIDH ampliación de #MedidasProvisionales a favor de Lesther Lenin Alemán Alfaro y Freddy Alberto Navas López, y a su núcleo familiar, ante extrema situación de riesgo en #Nicaragua
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— CIDH – IACHR (@CIDH) August 25, 2021
Por tales razones, la CIDH considera que la situación de riesgo se ha incrementado en el contexto actual de crisis de derechos humanos en el país. Pero, particularmente, la CIDH tomó en cuenta el perfil que tienen ambas personas, siendo que Alemán pertenece al Movimiento Universitario Estudiantil de Nicaragua, y Navas al Movimiento Campesino de Nicaragua.
Detención es con «intención de silenciar»
El organismo internacional de derechos humanos, a cargo de la comisionada Antonia Urrejola, aseguró que la privación de libertad de ambos opositores se da con la «intención de silenciar a toda persona opositora, o percibida como tal, mediante represalias».
Además, la CIDH destaca que con sus detenciones envía un mensaje de castigo a las personas que se manifiesten o protesten en contra de las acciones estatales o que demandan garantías democráticas en las próximas elecciones generales de noviembre de 2021. «Existen indicios de arbitrariedad en la detención realizada en julio de 2021 que guarda relación con la utilización de un marco normativo que termina criminalizando a la oposición», refiere el comunicado del organismo.
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También precisa que a la fecha se desconoce información sobre los opositores: «No se cuenta con información concreta sobre sus condiciones actuales de detención o paradero oficial ni de las medidas efectivas para proteger sus derechos en riesgo ni las presuntas violaciones al debido proceso alegadas», indica la CIDH.
Lo que la CIDH le solicita a la Corte IDH
Al igual que lo ordenado por la Corte IDH en otros casos como el de Juan Sebastián Chamorro, la CIDH le solicita que el Estado de Nicaragua: proceda a la liberación inmediata de Alemán y Navas López; y también adopte de forma inmediata las medidas necesarias para proteger de manera efectiva la vida, la integridad y libertad personal de ambos opositores y sus núcleos familiares.
Del mismo modo, la CIDH solicita que la Corte IDH requiera a Nicaragua que, en primera instancia permita que tanto una delegación de la CIDH como de la Corte Interamericana puedan ingresar al territorio de Nicaragua para constatar la implementación de las presentes medidas provisionales y buscar la efectividad de estas.
Las medidas provisionales son emitidas por la Corte IDH en casos de «extrema gravedad y urgencia» para evitar daños irreparables a las personas, las mismas tienen carácter obligatorio para los Estados, por lo que las decisiones contenidas en las mismas exigen a los Estados adoptar acciones específicas para resguardar derechos y proteger la vida de personas o colectivos que están bajo amenaza.