La juez orteguista Diana Isabel Jarquín Valle, titular del Juzgado Local Penal de Jinotega, declaró culpable este 28 de julio de 2020 a la alcaldesa opositora al régimen Reyna Hernández Mairena, del municipio de Wiwilí, de presunta desobediencia o desacato a la autoridad en perjuicio de la administración de justicia,
“Me fui a presentar al juzgado porque no quería estar en desacato. Gracias a Dios no me capturaron y me realizaron el juicio dentro de tres días después que me presenté”, expresó la alcaldesa, quien ya está de regreso en sus labores en la Alcaldía.
El supuesto delito de desacato tiene su origen en una sentencia donde 43 extrabajadores sandinistas de la alcaldía demandaron una indemnización millonaria con salarios impagables y fuera de toda lógica financiera para una alcaldía tan pequeña.
El Ministerio de Trabajo de la dictadura y jueces orteguistas fallaron a favor de estos extrabajadores, determinando un pago de casi 16 millones de córdobas.
El Consejo de la Alcaldía acordó pagar en plazos, pero los trabajadores no aceptaron, y se fueron arbitrariamente contra la alcaldesa en la vía penal, en la que siguen fallando judicialmente a favor de los trabajadores orteguistas.
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Prisa por condenar
El juicio se desarrolló en una sola jornada de más de 10 horas de intensos alegatos, donde pasaron a testificar al menos cinco extrabajadores de la alcaldía cuando la administración era sandinista e incluso pasó a testificar una juez de Matagalpa. Finalmente, la judicial declaró culpable a la alcaldesa opositora.
El delito de desacató está contemplado en el artículo 462 del Código Penal de Nicaragua y ordena que “el que desobedezca una resolución judicial o emanada por el Ministerio Público, salvo que se trate de la propia detención, será penado de seis meses a un año de prisión o de cincuenta a ciento cincuenta días multa”.
Sin embargo, la Fiscalía pidió contra la alcaldesa, en el debate de la pena, la presentación dos veces a la semana a los juzgados, restricción migratoria y la suspensión de sus funciones como alcaldesa por dos años.
“Este delito no contempla penas accesorias. Es decir no puede la judicial dictar una suspensión, cuando la ley no lo contempla”, expresó el abogado Boanerge Fornos.
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La judicial aún tiene pendiente la lectura de sentencia. “Yo estoy en la Alcaldía porque es mi obligación. Fui electa por voto popular y solo el Consejo Supremo Electoral me puede sancionar cumpliendo previamente requisitos. Los concejales también me apoyan”, dijo la alcaldesa Reyna Hernández.
La alcaldesa Hernández Mairena se ha caracterizado por su beligerancia y valentía en denunciar incidentes de ejecuciones extrajudiciales en la zona contra opositores a la dictadura, que son obviados y no investigados por la Policía Orteguista.