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Las tres vías que tiene Donald Trump para expulsar a Nicaragua del Cafta

Medios estadounidenses reportaron que funcionarios de esa administración “estudian” si pueden bloquear el acceso preferencial del Nicaragua sin tener que afectar todo el convenio.

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Aunque muchos esperan que no sea fácil para Estados Unidos concretar su amenaza de excluir a Nicaragua del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica y República Dominicana (DR-Cafta, por sus siglas en inglés) —pues aseguran que el convenio no contempla mecanismos para ese fin—, especialistas en comercio exterior explican que el tratado incluye al menos tres disposiciones que facilitan la suspensión de cualquier país miembro que no esté cumpliendo lo establecido en el acuerdo.

Medios estadounidenses reportaron que funcionarios de esa administración “estudian” si pueden bloquear el acceso preferencial del Nicaragua sin tener que afectar todo el convenio.

Esa decisión sería motivada por las preocupaciones que está generando la administración de Donald Trump la situación de irrespeto a derechos humanos .

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También se menciona que se pretende excluir del tratado a El Salvador y a República Dominicana por su ruptura con Taiwán, para acercarse a China.

“Como Estados Unidos ha dejado en claro, no permitiremos que nuestros acuerdos comerciales, incluido el DR-Cafta, se conviertan en una puerta trasera para beneficiar a economías que no respetan el mercado y son actores represivos en la región”, declaró a medios estadounidenses un funcionario del gobierno de Trump.

Principal socio comercial

Estados Unidos es el principal socio comercial de Nicaragua. Cerca del 50 por ciento de las exportaciones de productos locales, que representan unos mil millones de dólares anuales, se envía a ese país. También es absorbido por ese mercado casi el total de las exportaciones de las empresas que operan bajo el régimen de zona franca, especialmente las del sector textil. En los últimos años, dichas ventas rondaron los dos mil millones de dólares anuales.

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Al analizar las disposiciones contempladas en el tratado, los especialistas aclaran que en realidad no debería hablarse de sacar o excluir a Nicaragua del tratado, sino de suspenderle las preferencias arancelarias que este le otorga.

El artículo 21

El primero de los mecanismos a los que los especialistas se refieren estaría contemplado en el capítulo 21, sobre las excepciones.

Y se derivaría de lo establecido en el artículo 21.2, referido a la seguridad esencial, el cual establece: “ninguna disposición de este Tratado se interpretará en el sentido de: …(b) impedir que una parte aplique medidas que considere necesarias para cumplir con sus obligaciones respecto al mantenimiento o la restauración de la paz y la seguridad internacional, o para proteger sus intereses esenciales en materia de seguridad”, explica una especialista que prefiere no ser citada.

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A partir de este inciso y teniendo en cuenta que Estados Unidos declaró a Nicaragua como una amenaza para su seguridad, según los especialistas, la administración Trump puede tramitar la suspensión de los beneficios otorgados y dejar de tratar a Nicaragua como nación más favorecida en el tema comercial.

EE.UU. puede rescindir el tratado

Otra opción con la que cuenta ese país, está contenida en el capítulo 22, Disposiciones Finales, en cuyo artículo 22.7, referido a la denuncia establece: “1. Cualquier Parte podrá denunciar este Tratado notificando por escrito su denuncia al Depositario. El Depositario informará sin demora a las Partes sobre esta notificación”, y añade: “2. La denuncia surtirá efectos seis meses después de que una Parte realice por escrito la notificación a la que se refiere el párrafo 1, a menos que las Partes acuerden otro plazo. Cuando una Parte lo haya denunciado, el Tratado permanecerá en vigor para las otras Partes”.

El depositario es la OEA

El depositario, según el artículo 22.8, es la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA).

“Los textos originales en inglés y español de este Tratado serán depositados en la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos, la cual fungirá como Depositario”.

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En este caso, según los especialistas, Estados Unidos junto a los otros miembros tendrían que denunciar el tratado y esperar los seis meses para salir del acuerdo y firmar un nuevo acuerdo entre ellos. Así dejarían fuera a Nicaragua y a otro país que quieran excluir.

Tercer camino

La tercera opción con la que cuenta Estados Unidos para suspender a Nicaragua los beneficios arancelarios que otorga el convenio, está contenida en el capítulo 19, referido a la administración del tratado.

Ahí se contempla que la Comisión de Libre Comercio, integrada por los representantes de cada parte a nivel ministerial o por las personas a quienes estos designen, podrán modificar los objetivos del convenio.

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A criterio de los especialistas, esto permitiría convocar una reunión para introducir cláusulas referidas al respeto a los derechos humanos, libertades ciudadanas, respeto a los valores democráticos y cualquier otro tema que se quiera incluir entre los objetivos del tratado.

“Esto modificaría automáticamente el acuerdo y el cambio no tendría que ser ratificado por el poder legislativo de los países firmantes, sino que entraría en vigencia automáticamente. Lo único que habría que determinar es si se requieren decisiones de consenso o por mayoría para realizar estos cambios”, explica la especialista.

Añade que para Estados Unidos no será difícil suspender los beneficios arancelarios que otorga el Cafta a Nicaragua y aunque esto no impedirá que siga enviando sus productos a ese mercado, al tener que pagar los aranceles correspondientes, perderá competitividad frente al resto de países, por lo que será muy difícil que pueda mantenerse en ese mercado.

Dañaría ventas y empleos

Mientras especialistas en comercio exterior explican que el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-Cafta, por sus siglas en inglés) contempla al menos tres mecanismos que le permitirían a Estados Unidos concretar su amenaza de dejar fuera del convenio a Nicaragua, representantes del sector privado han advertido que la medida sería catastrófica, por los efectos que provocará al comercio y al empleo.

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Al no tener las preferencias arancelarias que otorga el convenio, Nicaragua perderá competitividad en el principal mercado de sus productos y en el caso de las empresas de zona franca, han dicho que seguramente optarán por trasladarse a otros países; estas son principalmente las del sector textil y confección. Esto pondría en riesgo unos 130 mil empleos que genera el sector.

Según las estadísticas del Departamento de Comercio de Estados Unidos, en 2005 —año previo a la entrada en vigencia del Cafta— ese país le compró a Nicaragua 1,180.8 millones de dólares en productos, incluidos los de zona franca.

En 2017 las compras totales del mercado estadounidense a Nicaragua alcanzaron los 3,262.6 millones de dólares. Mientras que entre enero y octubre de 2018 las compras de ese país a Nicaragua fueron por 3,028.6 millones de dólares.

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