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La represión y detenciones ilegales de la Policía en Nicaragua se recrudecieron este fin de semana en Managua, en e sector de Camino de Oriente. LA PRENSA/ ÓSCAR NAVARRETE

Defensores de derechos humanos indican que continúan las detenciones arbitrarias en Nicaragua . LA PRENSA

Policía Orteguista pone en práctica las “razzias”, según el GIEI

Las “razzias” policiales se caracterizan por ataques masivos sorpresas cuyo objetivo son la captura, extinción e intimidación de determinado núcleo poblacional

El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) constató que la Policía Orteguista (PO) llevó a cabo una política fascista de detención masiva e indiscriminada de hombres, mujeres y adolescentes conocida como “razzias” policiales.

Las “razzias” policiales se caracterizan por ataques masivos sorpresas cuyo objetivo son la captura, extinción e intimidación de determinado núcleo poblacional. Se ponen en práctica en sistemas de dinastías y autoritarismo contrarios a sistemas democráticos, explicó el abogado Nelson Cortez.

Además, estos abusos policiales violan derechos fundamentales como la libre circulación, la presunción de inocencia, entre otros.

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El GIEI recordó en su informe que la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que las “razzias son incompatibles con el respeto a los derechos fundamentales, entre otros, de la presunción de inocencia, de la existencia de orden judicial para detener —salvo en hipótesis de flagrancia— y de la obligación de notificar a los encargados de los menores de edad”.

Abuso de aparente legalidad

La Policía Orteguista durante los primeros dos meses (abril y mayo) de protesta cívica en Nicaragua abusó de la presunta comisión de la falta penal de “escándalo público” para justificar la detención de más de seiscientas personas, en su mayoría jóvenes, que participaban en marchas y plantones contra el régimen de Daniel Ortega.

El empleo de esta figura jurídica permitió “justificar” las detenciones en razón de su presunta comisión en flagrancia, sin necesidad de contar con orden judicial ni comunicación al Ministerio Público, indica el último informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI).

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La remisión de las faltas a los juzgados es potestad de la Policía, por eso ninguna de estas personas detenidas fue objeto de acusación policial, aclara el GIEI en su informe.

Las detenciones a los azul y blanco, como se les reconoce a los contrarios al orteguismo, también afectó a decenas de adolescentes que fueron privados de la libertad en este contexto, sin respetar las 24 horas de detención. La situación de los detenidos se vio agravada aún más por la inefectividad del recurso de exhibición personal y del control judicial de tales prácticas abusivas.

Según denunciaron familiares de presos políticos, el Tribunal de Apelaciones les asignó hasta tres jueces ejecutores y no cumplían su obligación legal, incluso les asignaban hasta abogados ya fallecidos.

De acuerdo con la Comisión de la Verdad, Justicia y Paz, entre el 18 abril y el 30 de mayo de 2018 hubo 690 detenciones vinculadas a las protestas: 491 en abril y 199 en mayo. La recuperación de la libertad de estos capturados se daba en plazos promedio de entre 24 y 48 horas.

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La mayor cantidad de detenciones se llevaron a cabo en fechas que tuvieron lugar eventos públicos de protesta, particularmente entre el 19 y el 22 de abril, el 7 de mayo, entre el 12 y el 14 de mayo, el 25 y del 28 al 30 del mismo mes; llegando a ocurrir jornadas en las que las privaciones de libertad se contaron por centenas, detalla el informe del GIEI.

La figura legal conocida como “escándalo público” es una falta penal que está tipificada en el artículo 537 del Código Penal y dice que será juzgado por ello quien cause escándalo o perturbe la tranquilidad de las personas, será sancionado de diez a treinta días multa o trabajo en beneficio de la comunidad de diez a treinta jornadas de dos horas diarias.

“Ejercer el derecho a la protesta no se puede subsumir en esa falta penal. Es ilegal cualquier detención bajo esa figura”, recordó Pablo Cuevas, de la Comisión Permanente de Derechos Humano (CPDH).

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En conclusión, dice el informe del GIEI, “es evidente que existió una práctica de razzias policiales vinculada con el ejercicio de la protesta social. Ello surge con claridad si se observan en conjunto: la masividad de las detenciones, la coincidencia entre las fechas de registro de la mayor parte de esas detenciones y la fecha en que se llevaron a cabo manifestaciones colectivas, y el uso de la falta de escándalo público como justificación”.

Cambio de patrón a capturas dirigidas

El patrón inicial, de capturas mediante el uso del escándalo público para justificar las detenciones, mostró una diferencia que se vio a partir de julio y agosto, que consiste en la detención selectiva de líderes estudiantiles, campesinos y otros referentes sociales, o personas que han participado en protestas, a quienes se acusa judicialmente y se mantiene en prisión, afirma el GIEI.

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La metodología empleada durante los primeros meses deja en evidencia que la finalidad con la que se ejecutaron las detenciones fue la desarticulación de la protesta social contraria al Gobierno, agrega el informe.

“En tal sentido, el GIEI considera que… la privación de libertad no fue perseguida como un fin en sí mismo, sino como un mecanismo de disolución de las protestas y una forma de castigo y amedrentamiento contra los participantes”, reza el documento.

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