Carlos Tünnermann

Día internacional de los DD. HH.

Por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre se conmemora el Día Internacional de los Derechos Humanos (DD. HH.).

Las grandes declaraciones de los derechos humanos han sido formuladas en períodos de profundas transformaciones sociales.  Tal como sucedió, por ejemplo, con la Declaración francesa de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, que se origina en el contexto de la Revolución de 1789, y con la Declaración Universal de Derechos de Humanos (1948), que  constituyó una reiteración de la fe de la humanidad en los derechos humanos tras los horrores de la Segunda Guerra Mundial.

La Declaración francesa tuvo, en su momento, una importancia histórica de primer orden, pues ofreció a todos los pueblos del mundo un modelo teórico de libertad, en el cual se inspiraron para sus propias reivindicaciones políticas. Tal Declaración, traducida al español por el prócer colombiano Antonio Nariño, fue una de las principales fuentes de inspiración para los movimientos en pro de la independencia de los países hispanoamericanos.

A partir de las constituciones de Estados Unidos de 1787 y sus enmiendas, y de la francesa de 1791, casi todas las constituciones promulgadas con posterioridad incorporaron en una parte llamada dogmática o declarativa, un enunciado de los derechos y garantías de los habitantes y los ciudadanos. Al principio, tales enunciados se limitaron a los derechos individuales y políticos, es decir, a los derechos humanos que corresponden al individuo como persona y como ciudadano. Más tarde se produce la incorporación en los textos constitucionales de los derechos sociales, económicos y culturales (derecho al trabajo, a la seguridad social, a la huelga y a la sindicalización; el derecho a la educación, a la salud, a la cultura, a la protección de la familia, etc.), o sean las llamadas “garantías sociales y culturales”, que hoy día se estiman tan fundamentales como los propios derechos individuales.

La siguiente etapa, en el largo proceso encaminado a fortalecer la protección de los derechos humanos, la constituye el esfuerzo de los años posteriores a la Segunda Guerra Mundial dirigido a plasmar los derechos humanos y sus garantías en acuerdos y convenios internacionales, de tal manera que su protección quede confiada, en última instancia, a órganos supranacionales creados por la comunidad internacional.  En la Primera Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos, celebrada en Teherán en 1968, la comunidad internacional acordó que la Declaración Universal significa que existe en los pueblos del mundo un consenso en cuanto a los derechos inalienables de todos los integrantes de la familia humana.

De ahí que la Declaración no sea más que uno de los tres instrumentos que las Naciones Unidas han elaborado para promover la protección de los Derechos Humanos.  Los otros dos son: el “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales” y el “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, aprobados en 1966, que entraron en vigor en 1976 cuando cada uno de ellos fue ratificado por 35 Estados. Estos pactos son instrumentos jurídicamente obligatorios, que imponen a los Estados que los suscriben y ratifican la aceptación de los procedimientos de aplicación en ellos previstos y la obligación de presentar informes sobre el cumplimiento de lo que en ellos se dispone.

La celebración del “Día Internacional de los Derechos Humanos” nos encuentra en Nicaragua sin nada que celebrar. Más bien, para nosotros es un día para reclamar por la constante violación, por parte del actual gobierno, de una serie de derechos humanos fundamentales, como lo son, en primer lugar, el respeto a la vida, violado por las ejecuciones sumarias de campesinos; los derechos de reunión, concentración, manifestación y movilización, garantizados por los artículos 53 y 54 de la Constitución Política; violados por la represión a los campesinos y ciudadanos que se proponían marchar cívica y pacíficamente en días recientes; el derecho a la igualdad de hombres y mujeres y el derecho a elegir a nuestros gobernantes en elecciones justas, libres y transparentes y no en formas electorales, como la del 6 de noviembre.

Todos los instrumentos internacionales que antes mencionamos, y que garantizan el respeto a los Derechos Humanos, tienen plena vigencia en Nicaragua. Así lo proclama el Artículo 46 de nuestra Constitución Política.

El autor es jurista y catedrático.

COMENTARIOS

  1. Ken Briell
    Hace 10 años

    Escrito por el hombre que defendió a capa y espada el régimen de Ortega en Washington como su embajador. Se llama memoria del pueblo

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