Líderes de la Iglesia católica han repudiado la pretensión gubernamental de hacer de las instituciones religiosas instrumentos del Estado, por medio del reglamento de la Ley 779, Ley Integral Contra la Violencia Hacia la Mujer, que además es inconstitucional porque esta Ley no requiere reglamentación y en todo caso se venció el plazo para hacerlo.
Monseñor Bosco Vivas, obispo de León y presidente de la Comisión Pastoral de Familia de la Conferencia Episcopal; monseñor Silvio Báez, obispo auxiliar de la Arquidiócesis de Managua y secretario de la Conferencia Episcopal; y monseñor Silvio Fonseca, vicario pastoral de Familia, Vida e Infancia de la Arquidiócesis de Managua, se han pronunciado al respecto y se espera que la Conferencia Episcopal analice el susodicho reglamento, para definir una posición oficial de la Iglesia católica.
La intención del Gobierno podría parecer benévola pero en realidad es retorcida. Aparentemente, lo que se quiere es incorporar a la Iglesia católica y otras entidades religiosas a las consejerías familiares, para mediar en los conflictos domésticos en pro de la bienandanza de la familia. Pero el verdadero objetivo es obligar a las iglesias a colaborar con el plan estatal de control de la familia, con fines y métodos contrarios a la naturaleza ética y la misión pastoral de las instituciones religiosas.
En el Capítulo III, artículo 5 del inconstitucional reglamento de la Ley 779 dictado por Daniel Ortega, se dispone que sus disposiciones son políticas públicas, o sea, obligatorias para todos los nicaragüenses y en primer lugar para las personas e instituciones que dicha reglamentación involucra y compromete directamente.
En el artículo 7 se crean las consejerías familiares y el artículo 8 determina su “ámbito de atención”, o sea de la injerencia que deben tener en la intimidad de las familias nicaragüenses. El artículo 9 determina que la consejería familiar “será conformada por consejeros familiares de las escuelas de valores, promotoras voluntarias, facilitadores judiciales, pastorales familiares, líderes religiosos y los Gabinetes de la Familia, Comunidad y Vida en coordinación con el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez”; y se declara que la consejería familiar se realizará “mediante visitas casa a casa”. Mientras que el artículo 11 establece que la implementación de la consejería familiar “estará a cargo del Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, a través de la Dirección Específica de Consejería Familiar, dependiente de la Dirección General del programa Amor”. O sea que mediante un instrumento legal imperativo se pretende obligar a las instituciones religiosas a involucrarse en la tal consejería familiar de naturaleza estatal.
Con su proverbial franqueza, monseñor Silvio Báez dijo a LA PRENSA que incluir a la Iglesia católica en el reglamento a la Ley 779 es una “solapada manipulación de la religión y atentado a la laicidad del Estado”. Esto es muy cierto, y por lo tanto ese reglamento debe ser rechazado por los católicos y evangélicos, y también por quienes profesan el laicismo sano que propugna la separación respetuosa de las iglesias y el Estado, principio básico de la libertad y la convivencia democrática.
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