MARTHA VÁSQUEZ
La magistrada Adda Benicia Vanegas Ramos, presidenta del Tribunal de Apelaciones Especializado en Violencia, expresó que los jueces de violencia como los jueces habilitados para conocer los casos de violencia contra la mujer contemplados en la Ley 779 o Ley Integral Contra la Violencia Hacia la Mujer deben cumplir el reglamento y aplicar la retroactividad del mismo a solicitud de los abogados defensores.
“El reglamento deriva de la ley y por tanto debe aplicarse cuando favorece al reo. El juez debe valorar”, dijo Vanegas.
Además aclaró que los casos de femicidios que ya se estaban conociendo y tramitando antes de entrar en vigencia el reglamento, aprobado por el presidente inconstitucional Daniel Ortega vía decreto, deben continuar así a menos que el abogado haga uso de los recursos que la ley establece.
“El reglamento no se opone a la ley, en todo caso desarrolla y garantiza la aplicación de la ley en los aspectos preventivos”, refirió Vanegas, negando cualquier reforma a la normativa.
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