Leonor Álvarez
Durante el período de receso parlamentario se suspende la realización de sesiones plenarias y las reuniones de comisiones parlamentarias.
La junta directiva, a solicitud del presidente de la República o por su propia iniciativa, podrá convocar a sesiones extraordinarias.
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Por ley, los diputados de la Asamblea Nacional pueden tener hasta un período de 63 días de receso legislativo al año, sin contar los treinta días de vacaciones que corresponden a cualquier trabajador.
Sin embargo, el exdiputado José Pallais Arana explica que estos recesos parlamentarios no significan vacaciones y su origen más bien es político y se debe aprovechar para el acercamiento con las bases.
Pallais explicó que la naturaleza de los parlamentos es ser un órgano de “balance” o “contrapeso de los otros poderes”, pero históricamente los reyes, gobernantes y presidentes de las Repúblicas, “para evitar que los parlamentos pasen todo el año criticando y oponiéndose al ejecutivo”, crearon los recesos legislativos, con el objetivo de suspender las sesiones plenarias.
Pallais afirma que estos recesos no son exclusivos de Nicaragua y tampoco el parlamento nicaragüense “es el más ocioso del mundo”, sin embargo, el exdiputado manifiesta que “en Nicaragua ni siquiera debería existir una Asamblea, porque no sirve para nada”, mucho menos para ser balance del poder ejecutivo.
Óscar Castillo, jurista y experto en derecho constitucional, también coincide con Pallais en que el receso legislativo no son vacaciones, sino la oportunidad que tienen los diputados de cesar su trabajo ordinario en el parlamento y acercarse a los ciudadanos o las bases políticas que los eligió, para recopilar iniciativas de leyes que puedan llevar al parlamento.
Sin embargo, en un país como Nicaragua no hay un control de lo que puedan hacer los diputados en su “receso”. Castillo también opina que en este país lo mejor sería que los diputados trabajaran con normalidad y solo se les diera sus treinta días de vacaciones anuales establecidas para cualquier trabajador.
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