Elízabeth Romero
La ambigüedad con que fue planteado parte del artículo dos, en el dictamen de mayoría de la Ley de la Policía Nacional, preocupa a representantes de derechos humanos. Consideran que, de quedar así como está, las autoridades lo podrían interpretar a su antojo.
Azahálea Solís, abogada y dirigente del Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM), lo calificó sumamente peligroso porque la Policía Nacional no puede tener la exclusividad de investigación.
La advertencia la hizo el presidente de la Comisión de Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos de la Asamblea Nacional, Luis Callejas, quien aseguró el martes 3 de junio que ese artículo “queda muy abierto”.
Los párrafos en mención señalan: “Se prohíbe a toda persona sea natural o jurídica el ejercicio de funciones que corresponden conforme a la Constitución Política y esta ley de forma exclusiva a la Policía Nacional”.
Y agrega: “No podrán las personas naturales o jurídicas llevar a cabo actividades de investigación privada o cualquier otro acto que vulnere los derechos constitucionales, la intimidad y la privacidad de las personas”.
LO QUE DEDE DECIR LA LEY
Solís dijo que al igual que periodistas, hay muchas organizaciones no gubernamentales que también realizan investigaciones. La Asamblea Nacional debe establecer claramente que la investigación policial (criminal) es exclusiva de la Policía. De lo contrario podría interpretarse que la misma (la ley) es “persecutoria”, dijo Solís.
El catedrático y especialista en el tema de derechos humanos, Ramón Eugenio Rodríguez, dijo que esta parte del artículo 2, debe estar en concordancia con el artículo 97 de la Constitución Política.
Rodríguez señala que de quedar ese artículo como está planteado en el proyecto de ley, “generaría prohibiciones con carácter absoluto, que colocaría en situaciones de riesgo a quienes ejerzan el derecho a la libertad de información y expresión…”.
Para el director jurídico del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Gonzalo Carrión, la libertad de buscar información, en el caso de periodistas, es un derecho humano establecido en la Constitución. Si la ley pretende de forma solapada acallar voces, la misma se cae por su propio peso porque es inferior a la Constitución, apuntó Carrión.
Casi en los mismos términos se pronunció el director ejecutivo de la Asociación Nicaragüense Pro Derechos Humanos (ANPDH), Roberto Petray, quien manifestó que al igual que los periodistas, hay diferentes organizaciones que realizan investigaciones, pero una ley particular no puede coartar los derechos constitucionales.
Petray anunció que de ser promulgada y sancionada en esos términos la ley introducirán un recurso por inconstitucionalidad.
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