Wendy Álvarez Hidalgo
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La Dirección General de Ingresos (DGI) dejó sin validez la casilla 116 del nuevo formulario de declaración de impuestos, que no reconocía a los contribuyentes el derecho de deducción de los anticipos de pagos mínimos mensuales en la liquidación del Impuesto sobre la Renta (IR).
El anuncio fue hecho ayer por el presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), José Adán Aguerri, quien señaló que tras varios días de negociaciones, el Fisco decidió ajustar el sistema de declaración y dejar sin validez la polémica casilla. También aclaró que pese al retraso, por ahora la DGI mantiene vigente el plazo de declaración de impuesto hasta el 31 de marzo, es decir, no hay prórroga.
Aguerri dijo que las empresas que habían tenido problemas en el proceso de declaración de impuestos, ya pudieron ayer realizar la operación de forma correcta y obtener las deducciones correspondientes. Lo más importante, precisó, es que a estas se les garantizarán sus flujos de liquidez.
Cada mes las empresas enteran por adelantado a la DGI el pago del uno por ciento de su renta bruta, como parte del Pago Mínimo Definitivo, que luego debe ser deducido en el cierre de año fiscal. Esos pagos, sin embargo, no querían ser reconocidos por el fisco para este periodo fiscal, solamente las retenciones.
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