Los consumidores habituales de droga que son procesados por posesión menor de estupefacientes podrían barrer calles y rozar predios en beneficio de la comunidad, si la Corte Suprema de Justicia y la Alcaldía de Managua firman un convenio para poder vigilar el cumplimiento de dicha sanción, sugirió Ernesto Rodríguez, titular del Juzgado Tercero Local Penal de la capital.
La posesión menor de estupefacientes es considerada una falta, ya que son cantidades inferiores a cinco gramos de marihuana y menos de un gramo de cocaína, cuya sanción es la multa o caución económica equivalente a un salario mínimo del sector industrial.
La caución económica puede ser sustituida por trabajo en beneficio de la comunidad, pero esta última no se aplica por la falta de un equipo que se encargue de supervisar la aplicación de la sanción, dijo el judicial.
“Es fundamental un convenio entre poder judicial y alcaldía de Managua para que aquellas personas infractoras de faltas penales que no tienen para pagar multa vayan a prestarle un servicio a la comunidad en beneficio de todos los ciudadanos como rozar, sembrar árboles, barrer parques entre otros trabajos”, expresó Rodríguez.
CASOS RECURRENTES
Durante el 2013 ingresaron 952 causas por posesión menor de estupefacientes, según el sistema informático de los Juzgados Centrales de Nicaragua.
La mayoría tienen sentencias condenatorias porque según el artículo 563 del Código Penal, la autoridad administrativa competente para acusar es la Policía y lleva un expediente completo incluyendo la droga incautada al procesado.
La sanción es de 70 a 100 días multa y trabajo en beneficio de la comunidad de 30 a 60 días de dos horas diarias. Las personas que no pueden pagar los 6,998 córdobas que implica la multa mínima se les otorga plazos para pagarlos, aclaró el judicial.
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