Ramón H. Potosme
No, le respondió la Sala Constitucional de Costa Rica al expresidente Oscar Arias en su solicitud por intentar ser reelecto. Pero poco tiempo después su aspiración revivió justo con el fallecimiento de uno de los magistrados de dicho tribunal, pues el nuevo miembro favorable al exmandatario inmediatamente le dijo que sí.
Así cuenta la historia la doctora Juany Guzmán, de la Universidad de Costa Rica y exdirectora de la Facultad Latinoamericana y del Caribe de Ciencias Sociales (Flacso), de cómo nació lo que ellos llaman la sentencia Arias. “Esa era una sentencia con nombre y apellido y se llamaba Oscar Arias”.
Aquí se afirma que la Corte Suprema de Justicia lo que hizo fue una interpretación de la Constitución, lo que es parte de sus facultades y que en realidad no hay reforma constitucional. ¿Qué es lo que realmente ocurre?
Es una interpretación que en la realidad se transforma en una reforma constitucional. Esa interpretación no toma en cuenta cuál fue el espíritu del legislador. Se supone que la interpretación auténtica debe expresar la historia del país y sobre todo el espíritu del constituyente originario o derivado, que es cuando se han hecho reformas.
A veces los señores magistrados porque son instituciones politizadas, son instituciones políticas, pero se han convertido en muy politizadas y les importa relativamente poco. No toman en cuenta cuál fue el espíritu del legislador, qué fue lo que se debatió en ese momento y por qué se decidió eso en ese momento.
Lo ideal es que recupere el espíritu del legislador y la jurisprudencia que se ha originado y da su veredicto. El asunto es cuando la interpretación roza con esos límites.
El congreso reunió a más de 60 panelistas y especialistas en las Ciencias Políticas donde se expusieron estudios de México, El Salvador, Nicaragua, además de temas como el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
Guzmán es experta en derecho constitucional y fue directora de la Facultad Latinoamericana y Caribeña de Ciencias Sociales. Para ella el tema de las ciencias políticas es una disciplina muy joven, tanto como las democracias de la región y es por esa razón que tienen validez el desarrollo de esta disciplina en el acompañamiento de los procesos de democratización de nuestros países.
“La ciencia política está comprometida con los temas democráticos, se estudian los regímenes políticos y versan sobre los temas históricos y apuestan por un compromiso social”, indicó.
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Quienes defienden la reelección de Ortega dicen que aquí se hizo algo similar a lo que hizo Arias en Costa Rica y con eso buscan legitimarse. ¿Fue algo similar? ¿Fue legal lo que ocurrió en Costa Rica?
Los derechos civiles y políticos, el primer derecho político es el de elegir y ser electo. Él había hecho uso de ambos derechos. La inmensa mayoría solo tenemos derecho a elegir, es decir tenemos potencialmente la posibilidad de ejercer esa parte del derecho que es ser electo. Pero la inmensa mayoría ejercemos solo nuestro derecho a elegir y una minoría ejerce el derecho a ser reelecto. Por ejemplo él ya había sido electo.
Quienes se oponen en el caso de Oscar Arias, cuando se razonó esto como un derecho político, plantean que es absurdo de que se contemple en relación con una persona que ya había sido elegida.
El derecho es el de elegir y a ser electo, no a elegir y a ser reelecto.
Los teóricos plantean que no pueden argumentar el derecho a la igualdad porque en la realidad una persona que ya es presidente no está en igualdad de condiciones que otro que apenas aspira.
Sí, totalmente, por eso no tiene ningún sentido plantear la reelección como derecho, de lo que se estaba hablando era del procedimiento para la reforma constitucional. La Sala Constitucional argumenta y pone errores en la reforma de 1969, en el debido proceso para la reforma constitucional y deja vigente las disposiciones de la Constitución en 1949.
En 1969 se hace la reforma y se elimina totalmente la reelección. Hay que tomar en cuenta que en ese contexto hay dictaduras en América Latina, dictaduras ad perpetum, el espíritu del legislador transmite ese temor de que la reelección permita la reelección ad perpetum. Entonces el razonamiento es que el derecho es a ser electo, no es el derecho a ser reelecto.
No podrían argumentar, pero yo igual debo tener derecho a participar en una elección igual que quien no haya sido presidente.
Eso fue lo que pasó en Costa Rica, esa es la preocupación que tenemos en algunos de nuestros países, lo que pasa es que por reconocer los privilegios, que no es un derecho a un ciudadano, en realidad estás violentando la institucionalidad. No es que afecte negativamente a un ciudadano, es que las implicaciones de un veredicto de esa naturaleza tienen implicaciones en la confianza y credibilidad de las instituciones a futuro.
¿Eso qué implica?
Ustedes saben que la confianza en las instituciones es difícil de conseguir y cuando se rompe, después cuesta mucho recuperarla. Y ese tipo de sentencias tienen ese efecto que lesiona la confianza de la gente en las instituciones y a futuro afectan y lesionan la democracia. No es un tema menor, la responsabilidad que tiene la Corte Suprema de Justicia o el Tribunal Constitucional o el Consejo Supremo Electoral o el Tribunal Supremo Electoral, ese tipo de sentencias tiene que reconocer que no se refieren a una sola persona, no se trata solamente de una persona. No se trata de una persona sino que atendiendo la sentencia, de los argumentos de las razonabilidad, del respeto a la jurisprudencia del espíritu del legislador, tienen que ser considerados no porque quieran que esa persona sea beneficiario, es porque se están jugando la vivencia democrática, se están jugando la confianza en las instituciones.
¿De qué manera afecta esta pérdida de confianza en la gente o en el país?
Esto genera una brecha entre la ciudadanía y las instituciones, entre la ciudadanía y los partidos. Como son tan partidistas, generan una brecha que cuesta mucho recuperarla y más bien lo que hacen es abonar entre el distanciamiento entre la ciudadanía y los gobernantes y gobernados, entre ciudadanía y partido y el gobierno. De ahí que la democracia no es estática, la democracia se mueve o para adelante o para atrás. Y a veces hacemos méritos en violaciones, la democracia es un tema de responsabilidad política.
¿Este tipo de acciones implica un retroceso en la democracia?
En el caso de Costa Rica generó un punto de inflexión que lesionó la confianza en las instituciones, en ese momento de la Sala Constitucional. Me parece que fue como una regresión, porque la sentencia o abona en el sentido de la profundización o ampliación de la democracia. Sobre todo los de la Sala Constitucional son de última instancia, son de interpretación última de la Constitución, es nuestro contrato social. Por muy de la sala cuarta por muy leve o específico, son de carácter vinculante y afectan a instituciones, por eso la enorme responsabilidad de lo que llegó.
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