Edgard E. Murillo Hurtado

Las leyes también se equivocan

Existen situaciones particulares donde el Estado debe activar su función legislativa para regular la vida de los ciudadanos atendiendo criterios de objetividad, pertinencia y necesidad. En tal virtud, el flagelo de la violencia contra las mujeres hizo posible y pertinente la promulgación de la Ley 779, llamada Ley Integral Contra la Violencia Hacia las Mujeres y de reformas al Código Penal, sin embargo persiste la polémica si efectivamente la ley perturba disposiciones constitucionales, en concreto contra dos principios universales: el de igualdad ante la ley y el de presunción de inocencia. Y es que las bondades o las novedades positivas de la ley, como las reformas al Código Penal y la creación de la Comisión Nacional Interinstitucional de lucha contra la violencia hacia la mujer fueron opacadas, entre otras perlas, por la supresión de la mediación y el abuso de definiciones, olvidando la máxima latina que reza: “ Omnis definitio in jure periculosa est ” (Toda definición en derecho es peligrosa), más si se trata de situaciones que quedan al margen de la violencia física o psicológica convencional, verbigracia, la “violencia patrimonial y económica”, la “limitación al ejercicio del derecho de propiedad”, o la “negación del derecho a los alimentos y al trabajo”.

Algunas defensoras de la ley argumentan que si bien existe violencia contra los hombres, esta no tiene su origen en la desigualdad y discriminación por razones de género. Yo me pregunto: ¿Una ley que crea delitos, que multiplica y eleva las penas contra los hombres es adecuada y suficiente para propugnar la igualdad entre hombres y mujeres? Si coincidimos que una ley contra la violencia hacia la mujer no debe entenderse como una ley androfóbica, es justo considerar que tampoco la misma impedirá que se sigan presentando casos de violencia, es decir, que no se convierta en una espada de doble filo ni en una panacea ¿O es que estamos tratando de superar la desigualdad con una ley veleidosamente desigual? El problema es que los propósitos y fines de la ley quedan extraviados en diversos supuestos que otorgan al juez demasiado resorte interpretativo, añadido a ello que una vez iniciado el proceso el núcleo fundamental de la sociedad —la familia— queda expuesto a la desintegración debido a las dacronianas medidas precautelares y cautelares, medidas no siempre apropiadas para evitar la propagación de la violencia de género.

Se arguye que las estadísticas indican que los hombres son los agresivos y destructores del hogar y que por lo tanto el recrudecimiento de las medidas y penas contra ellos está más que justificado. Siguiendo esa lógica también deberían recrudecerse las sanciones contra los taxistas, porque según las estadísticas ellos son los que más cometen infracciones a las leyes de tránsito, así tendríamos multas contra los infractores privados y multas exclusivas contra los inescrupulosos profesionales del volante. No se trata entonces de hurgar solamente en el origen que excita la creación de la norma, sino de prever las consecuencias derivadas de la misma.

Si las leyes son —como dijo alguien por ahí— un pretexto de las pasiones, el legislador debe tener cuidado que esos pretextos estén suficientemente respaldados por la norma superior del andamiaje jurídico nacional. Está en manos de la Corte Suprema de Justicia la correcta ponderación de los criterios jurídicos, sociales, psicológicos y de prevención para proporcionarnos una ley verdaderamente integral, clara y objetiva, respetuosa del debido proceso, en concordancia con los preceptos consagrados en la Constitución Política, que verdaderamente castigue a los sujetos que cometan esos deleznables delitos sin menoscabo a la responsabilidad que tiene el Estado de proteger a la familia. Así sea. El autor es abogado


COMENTARIOS

  1. Martin Gallegos
    Hace 13 años

    Realmente las estadísticas demuestran en Nicaragua que la mujeres son las abusadas habitualmente, pero eso no es del todo cierto, pocas veces las estadísticas policiales registran denuncias de abusos de las mujeres contra los hombres, y esto es debido a la permisibilidad de loas abusos por parte del «Sexo débil», pero existen y a montones, los sociólogos debería de poner ojo sobre esto. Ahora la comparación entre civiles y taxistas no viene al caso, estamos hablando de familia….

  2. REM
    Hace 13 años

    No, don Edgard; la leyes no pueden equivocarse porque son una abstracción. Quienes se equivocan son los que hacen, construyen o dictan las leyes.

  3. Lula Castro
    Hace 13 años

    La violencia domestica es un problema de salud pública. En 1998 se hizo un estudio de la incidencia de violencia doméstica en Nicaragua y el gobierno no hizo nada. El estudio concluye que la violencia doméstica en Nicaragua era una epidemia. Se deja pasar mucho tiempo y no se hizo nada para parar ese monstruo. El estudio fue hecho por la Dra. Mary Ellsberg, quien hoy trabaja en la Universidad George Washington en los Estados Unidos.

  4. Lector
    Hace 13 años

    Dejar a un lado la presunción de inocencia hasta que no se demuestre lo contrario, y no aplicar parejo que nadie está sobre la ley, es extremadamente peligroso. Otros mecanismos deben aplicarse para la protección de las víctimas.

  5. Carlos Pérez
    Hace 13 años

    Con mucha mayor razón Lula Castro. Si hablamos de Salud Pública, la Ley Penal nada tiene que hacer entre las posibles soluciones.

  6. Lula Castro
    Hace 13 años

    Las muertes que causan los que manejan en estado de ebriedad son un problema de salud pública. Y hay leyes que prohiben el manejar en estado de ebriedad y por causar la muerte por manejar borracho. Las leyes siempre se tienen que aplicar!

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