Hjalmar Ruiz Tückler
Consultor
En la última década, la creación de zonas regionales de libre comercio y la concertación de tratados comerciales multilaterales han acelerado la liberalización de las políticas de interconexión, en tanto, es uno de los temas de mayor preocupación en el mundo y especialmente en Latinoamérica, donde el éxito de los planes de apertura del sector pasa por una clara y definida política nacional de interconexión y ahora mismo por la armonización regulatoria regional.
Cuando más de una empresa de telecomunicaciones concurre en el mismo mercado con diferentes o los mismos productos, requieren tener acuerdos de interconexión. Estos acuerdos definen las condiciones técnicas y comerciales que permitirán que ambas empresas transporten comunicaciones de la otra, le arrienden elementos de red o le presten servicios, de forma tal que esta operación sea lo más transparente y económicamente eficiente para el cliente final.
Asimismo se debe asegurar la adecuada retribución de los costos incurridos para viabilizar la prestación de servicios interconectados y explotar eficientemente la cobertura geográfica y las plataformas de servicios de todas las redes disponibles.
La directiva de la Unión Europea relativa a la interconexión en las telecomunicaciones para garantizar el servicio universal y el interfuncionamiento, aplicando los principios de la oferta de red abierta (97/33/EC), de junio de 1997, es un ejemplo significativo a este respecto. La directiva contiene normas dirigidas específicamente a liberalizar los regímenes de interconexión nacionales. La misma exige que los acuerdos de interconexión sean públicos y no discriminatorios, y que las tarifas de interconexión estén basadas en costos.
Otras directivas de la Unión Europea complementan y modifican el marco de reglamentación de la interconexión en Europa. Estas directivas incluyen obligaciones especiales en materia de acceso (98/10/EC) y de provisión de líneas arrendadas (92/44/EC). Disposiciones similares pero de carácter no vinculantes se han emitido en el ámbito de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (Citel) como parte del esfuerzo continuo de propiciar la armonización regulatoria del tema en las Américas.
Las disposiciones de las directivas de la Unión Europea y de la Citel, en materia de interconexión son, en esencia, bastante generales, lo cual permite adaptarlas a los regímenes jurídicos y a los marcos de reglamentación nacionales. Otras organizaciones multilaterales han definido también pautas en materia de interconexión. Por ejemplo, el Grupo de Trabajo sobre Telecomunicaciones de la Organización de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) ha establecido un Marco para la interconexión. A diferencia del enfoque de la Unión Europea, este marco no es vinculante para los países miembros de la APEC. El marco de la APEC tiene por objeto proporcionar principios, ejemplos de los métodos de interconexión aplicados en las economías de la APEC y otra información útil, para contribuir a la definición de políticas nacionales de interconexión. Igualmente, otras organizaciones regionales, por ejemplo, Comtelca en la región centroamericana, han adoptado enfoques no vinculantes sobre principios de interconexión.
Todos los organismos mencionados han tomado medidas para mejorar los acuerdos de interconexión. Una de esas medidas es la publicación de las mejores prácticas actuales en cuanto a las tarifas de interconexión. Otra medida importante es la adopción de normas y una propuesta de reglamento para regular la desagregación del bucle local. Un tema aún con bastante debate es la interconexión en el ámbito de la convergencia tecnológica, ya que se trata de garantizar la cobertura de una gama más amplia de redes y servicios de comunicaciones electrónicas.
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