César Ubeda Bravo
El experto en Derecho Internacional, doctor Mauricio Herdocia Sacasa, consideró que lo mínimo que puede obtener nuestro país en el fallo que emitirá la Corte Internacional de Justicia de La Haya el próximo 19 de noviembre, sobre el diferendo territorial y marítimo con Colombia es que se reconozca a Nicaragua que su Zona Económica Exclusiva y su Plataforma Continental se extiende a 200 millas náuticas.
“La línea de limitación sin duda favorecerá a Nicaragua. Al destruirse la tesis fundamental de Colombia —que era la más peligrosa—, en el sentido de que el meridiano 82 era la frontera inverosímil “establecida”, ahora Nicaragua puede esperar, al menos, que se reconozca que su Zona Económica Exclusiva y su Plataforma Continental se extiende como mínimo, 200 millas náuticas y dejar la puerta abierta para que la Comisión de límites sobre la Plataforma Continental, reconozca a Nicaragua, con posterioridad, la zona de plataforma que excedan las 200 millas. Esto es un dato que podemos calificar como de consumado. Aclaro que la pretensión de Nicaragua va mucho más allá de las 200 millas y se ubica en el punto medio donde se traslapan las respectivas Plataformas Continentales”, expresó Herdocia Sacasa.
Nicaragua interpuso una demanda el 6 de diciembre del 2001 ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en La Haya donde solicitó se establezcan las fronteras marítimas entre Nicaragua y Colombia.
El 13 de diciembre de 2007 la Corte Internacional de Justicia, emitió una sentencia sobre las objeciones preliminares colombianas indicando que el Tratado Bárcenas Meneses-Esguerra de 1928, ni remotamente ni por implicación estableció una frontera en el meridiano 82 entre Colombia y Nicaragua. Ante esta sentencia, Colombia pide a la CIJ que el límite debe ser trazado entre el archipiélago y Nicaragua.
“Eso lo tiene que decidir el Gobierno de Colombia. En principio el fallo es obligatorio y no es apelable, pero la decisión final la toma el Gobierno”, sostuvo Londoño.
Agregó que espera que los 40 años de controversia con Nicaragua queden superados.
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ENCLAVAMIENTO DE ISLAS
Según Herdocia Sacasa, un segundo tema tiene que ver con los espacios que la Corte dará a las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. “Nicaragua pide el enclavamiento de tales islas y el otorgamiento de un mar de 12 millas. La Jurisprudencia Internacional favorece esta posición, pero aún si no fuese así, para efectos de argumentación, lo que Nicaragua puede confiar es que no se establecerán espacios que obstaculicen o bloqueen la salida soberana al mar de nuestro país de una forma desproporcionada o violentando el principio de equidad”, sostuvo.
Un tercer bloque de decisión, agregó el experto en Derecho Internacional, tiene que ver con la soberanía sobre ciertos Cayos.
“Existe una fuerte probabilidad que Nicaragua obtenga los cayos que no formen parte del archipiélago de San Andrés, incluyendo los cayos de Roncador, Serrana, y Quita Sueño, entre otros. La adjudicación del título de soberanía a Nicaragua sobre los cayos es factible por cuanto la Corte en su Sentencia de 2007, determinó que la soberanía en tales accidentes no había sido definida por el Tratado BárcenasMeneses-Esquerra de 1928, a diferencia de la adjudicación sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. De esa forma se abrió una puerta favorable para la pretensión nicaragüense sobre los cayos en disputa”, puntualizó.
Para Herdocia Sacasa este es uno de los juicios de mayor duración en la historia de los Tribunales Internacionales (11 años), caracterizados por una gran complejidad, donde intervienen elementos de delimitación marítima y temas de soberanía insular, incluyendo la noción de espacios atribuibles a accidentes insulares pertenecientes a un Estado (Colombia con las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina) pero ubicados en agua de un estado distinto (Nicaragua), donde hay que preservar derechos fundamentales del Estado ribereño (Nicaragua) a su zona Económica Exclusiva y a su Plataforma Continental a fin de no encerrarla o limitar desproporcionadamente su proyección al mar desde la tierra.
CONFLICTO DESDE LA COLONIA
“Es un conflicto que tiene raíces en la misma colonia; ha involucrado un tratado cuya nulidad e invalidez fue alegada en 1980 y acciones unilaterales marcando una frontera en 1969; la conjunción de tratados con terceros estados, así como elementos de fuerza para contener a Nicaragua a 61 millas náuticas de sus costas. Se trata de un caso caracterizado por múltiples “incidentes procesales” que van desde el planteamiento de objeciones preliminares (Colombia) hasta las solicitudes de intervención en el caso de dos países: Costa Rica y Honduras” manifestó.
De acuerdo a Herdocia Sacasa, se trata de un juicio histórico que puede cambiar radicalmente el mapa actual de Colombia, en lo que constituiría un reacomodo territorial y marítimo profundo, donde podría moverse la frontera varios cuadrantes al este para respetar el fallo que eventualmente dicte la Corte y reconocer así los inalienables derechos de Nicaragua a la utilización plena de sus mares y sus riquezas incluidos sus espacios insulares.
“Confío en que el fallo será un acto de legítima justicia con Nicaragua, a partir de la defensa que se ha venido construyendo en diversas administraciones y tiempos, cuyos frutos podríamos estar a punto de ver y esperamos que sean equitativos”, concluyó el experto en Derecho Internacional.
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