Roberto Orozco B.

El espionaje intimidatorio

El término “inteligencia” o “espionaje” tiene diversos significados si se revisa la literatura convencional y moderna sobre este tema; sin embargo, podríamos decir, basados en sus principales funciones, que inteligencia es el proceso sistemático de recolección, evaluación y análisis de información cuyo fin es producir conocimiento útil para la toma de decisiones que, en el caso del Estado, se relacionan con la seguridad nacional y pública.

Este proceso data ya desde hace algún tiempo. En la actualidad se clasifican dos grandes tipos de procesos de recolección de información: los métodos clásicos, entre los cuales encontramos las relaciones sentimentales y sexuales; y los modernos, en los cuales interviene la tecnología actual que permite, por ejemplo, la interceptación de las comunicaciones, vídeos, fotos, etc.

Aunque actualmente esta es una materia de muchos, los Estados hacen uso exclusivo de la inteligencia para la consecución de la seguridad. En este sentido, el proceso por medio del cual se hace inteligencia puede ser ejercido por diversos mecanismos, como los consejos de seguridad nacional, agencias civiles, ejércitos e instituciones policiales. En Nicaragua, de acuerdo con la normativa jurídica en esta materia, la inteligencia es una función de un sistema rectorado por el Ejército de Nicaragua y la Policía Nacional. La actividad es legítima. Las instituciones del Estado tienen como función y deber espiar (o recopilar información) sobre ciudadanos para conocer si estos ejercen actividades delictivas y peligrosas que puedan poner en peligro la seguridad nacional o pública. En aras de la seguridad, la información que recopilan las agencias policiales o militares sobre individuos “encartados” o “sujetos de interés” a través de la vigilancia, debe mantenerse en secreto. El uso de la información obtenida es exclusivo de las instituciones, funcionarios involucrados y tomadores de decisión.

Los funcionarios y tomadores de decisión no pueden hacer uso discrecional de esta información, como lo hizo muy recientemente la directora ejecutiva de la Policía Nacional, primera comisionada Aminta Granera. La información recopilada a los “sujetos de interés” no solo es secreta, sino que su divulgación es tipificada como delito en legislaciones modernas y, además, sancionada con penas muy graves. Aun cuando la información de los encartados esté vinculada a actividades peligrosas y delictivas, esta debe darse a conocer públicamente una vez que la persona ha sido capturada y puesta a la orden de la justicia ordinaria; de lo contrario, se estaría violando el precepto constitucional que protege la privacidad de las personas, incluso cuando ellas no tengan vidas ejemplares dentro de los parámetros sociales y morales. Con la acción de Granera estamos frente a una función extralimitada de la administración de la información secreta y, mucho más grave aún, estamos frente a una invasión de la vida privada de los nicaragüenses, sean estos periodistas o magistrados.

Un punto más. Fue un exabrupto de Granera responder diciendo que la Policía tenía fotos de directores de medios de comunicación y editores de los mismos visitando el Elite, un antro de prostitución selectiva, para contestar una pregunta de la periodista de LA PRENSA que cuestionaba sobre una posible relación de negocios entre “un alto comisionado policial” y Henry Fariñas, procesado por narcotráfico. Es decir, aquí nadie puede cuestionar a la inmaculada Policía Nacional porque hacerlo representa un peligro para el que lo hace. Haber declarado eso y el haber cometido un exabrupto en la administración de la información no parece haber sido intencional, sino más bien intimidante. Al interpretar sus declaraciones, parece que Granera quiso darle entender a la periodista que mejor no publicara nada de la información que ella había recopilado, pues de lo contrario, la Policía podía publicar las fotos de los periodistas en el antro de Elite.

Administrar de esa forma la información secreta nos hace pensar que estamos frente a un tipo de espionaje intimidatorio.  

El autor es investigador senior del Instituto de Estudios Estratégicos y Políticas Públicas (Ieepp)


COMENTARIOS

  1. ramon.gomez
    Hace 14 años

    Quiero saber , qué si es obtenida de forma licita esa informacion o esta violando algun precepto constitucional o procdimiental. porque habrian dos cosas. 1) se revelan datos que obtuvieron y no pueden utilizasarlos por haberlos obtenido de forma ilicita.
    2) Estaba autorizado este lugar pagaba impuestos al estado, lo digo porque si alguien viitaba este lugar y era un centro autorizado cual es el problema.
    3) Es responsabilidad del usuario indagar este tipo de datos cuando va a un lugar x.

  2. Chontaleño
    Hace 14 años

    Solo los gringos tienen derecho al espionaje y hasta la derecha recalcitrante liderada por la presa se lo celebra, pero cuando se trata de utilizar este mismo recurso para la seguridad nacional, entonces es dañina… seguramente se quieren curar en salud los que han visitado este lugar y temen salgan a la luz pública

  3. fernando gonzalez
    Hace 14 años

    CHANTAJE POLICIAL POLITICO son los terminos correctos. O te quedas callado, no nos criticas o te sacamos fotos tuyas que visitastes ELITE, y con eso tu esposa te va a hacer escandalo y posible divorcio y los miembros de tu iglesia te van a expulsar o excomulgar por pecador. Burdo chantaje pero efectivo. Probablemente de esa forma controlan altos miembros de las sociedad comercial e industrial y religiosa. Todos son pecadores agarremoslos en el pecado, asi se callan, no protestan nuestros abusos

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