Según el boletín informativo electrónico de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), mañana entra en vigencia el Código de Ética del poder judicial que establece, según la magistrada sandinista Ligia Molina, coordinadora del proyecto: “Un marco moral de referencias que orientan las decisiones y actos de los operadores de justicia hacia el recto y honesto cumplimiento de sus responsabilidades”.
Según la magistrada Molina, entre los valores o virtudes que debe cultivar un servidor público del poder judicial se encuentran “honestidad, integridad, transparencia, imparcialidad, independencia…”
Desgraciadamente el código es, antes de nacer, letra muerta. No será más que uno de esos documentos que se trabajan como requisito de algún préstamo o donación, en este caso de la cooperación española principalmente, que luego nadie aplica y que pasa a recoger polvo entre los archivos de los funcionarios.
Decimos esto porque el mismísimo hecho de que sin ningún rubor los magistrados de la Corte Suprema de Justicia —quienes deberían dar el ejemplo en esto— estén divididos en bancadas partidarias inmediatamente hace añicos la pretensión de que entre las virtudes que exige se encuentren la imparcialidad y la independencia.
Otro grave problema que enfrentará quien quiera poner en vigencia el documento —si es que alguien seriamente pretende ponerlo en vigencia— es el irrespeto que los mismos magistrados han demostrado a la Constitución Política del país.
En uno de sus artículos el código dice que “es deber de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y funcionarios de Carrera Judicial, en el ejercicio de la función jurisdiccional, respetar la división de poderes… subordinándose únicamente a la Constitución Política, las leyes y los intereses supremos de la nación” .
Sin embargo, en el mismo boletín en que la magistrada Molina anunciaba la entrada en vigencia del documento aparecían declaraciones del magistrado Francisco Rosales, más propias de un jefe de campaña que de un juez, defendiendo a capa y espada la inconstitucional candidatura del presidente Daniel Ortega.
Rosales es el autor de la disposición tomada por un grupo de magistrados (sandinistas) amparados por la oscuridad de la noche, que declaró inaplicable el artículo 147 inciso “a” que prohíbe la reelección continua, reformando de hecho la Constitución en ese acto y sin siquiera estar constituida legalmente la Sala Constitucional.
Aunque para justificar su acción Rosales recurre a un enrevesados lenguaje jurídico, la verdad es que basta leer los artículos 182 y 183 de la Constitución, entre otros, para saber que las palabras del magistrado no tienen asidero.
Así que a menos que a partir de mañana los magistrados de la Corte Suprema sean víctimas de un arrebato ético que los lleve a cumplir la pie de la letra con este documento, el mismo no pasará de representar un triste destino para recursos económicos muy necesarios, y ni qué decir del tiempo perdido desde el año 2006, cuando se empezó a trabajar este proyecto.
Ver en la versión impresa las páginas: 8 A