La Cámara de Industria de Nicaragua (Cadin) y el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific) consensuaron que el arancel del 35 por ciento que se aplica desde 1999 a los bienes de Honduras y Colombia, debe “aplicarse a productos terminados, no abarcando materias primas ni importaciones temporales”.
Ambas instituciones realizarán gestiones para que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA) apliquen la Ley 325, que creó el impuesto, “de conformidad a la letra y espíritu de la misma”.
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