Los casinos y salas de juego quedaron ayer sometidos a una nueva legislación, que los diputados aprobaron en lo general y se espera que hoy se continúe en lo particular.
La Ley especial para el control y regulación de casinos y salas de juegos dejará a ese sector bajo la regulación del Instituto Nicaragüense de Turismo (Intur) e impone varias normas de carácter económico.
La ley, aprobada con 65 votos, ninguno en contra, tres abstenciones y 12 diputados que quedaron presentes (y que se suman al mayoritario sí), clasifica a los casinos y salas de juego en cuatro categorías.
CUATRO CLASES DE CASINOS
Los casinos clase A, considerados los de mejor categoría, tendrán al menos 71 máquinas tragamonedas y tres mesas de juego. El negocio deberá contar con una cuenta corriente de 100,000 dólares y una fianza de garantía bancaria por 50,000 dólares.
Los casinos clase B son aquellos que tengan entre 25 y 70 máquinas tragamonedas. La cuenta corriente ascenderá a los 50,000 dólares y la fianza llegará a los 40,000 dólares.
INVERSIÓN POR US$200 MIL
Los dueños de los casinos clase A y B también estarán obligados a invertir 200 mil dólares y generar al menos 30 empleos directos al abrir el negocio.
En el caso de los casinos clase C, los requisitos serán tener entre 16 y 24 máquinas tragamonedas, una cuenta corriente por los 25,000 dólares y una fianza bancaria por 20,000 dólares.
Finalmente, los casinos clase D serán aquellos que tengan entre 10 y 15 máquinas tragamonedas. La cuenta corriente y la fianza bancaria para estos negocios será de al menos 10,000 dólares.
REGULACIÓN ES EL OBJETIVO
El presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, el sandinista Wálmaro Gutiérrez, dijo que el objetivo de la ley es regular este negocio.
Gutiérrez sostuvo que en la actualidad en Nicaragua la industria de los casinos funciona como un espejismo, pues están oficialmente registrados 120 de esos negocios y generan 80 millones de córdobas anuales.
SE LEGALIZAN O DESAPARECEN
El legislador enfatizó que con la ley los casinos estarán obligados a legalizarse o desaparecer.
“Hay una proliferación irresponsable de salas y sitios que ni siquiera son salas de juego donde existen máquinas tragamonedas, como en las farmacias, restaurantes, discotecas, bares, en cualquier tipo de establecimiento”, criticó Gutiérrez.
La ley establece que los casinos no pueden permitir el ingreso de menores de 18 años y que la Dirección de Casinos y Salas del Juego, adscrita al Intur, será la reguladora de esta industria de negocios.
“Esta ley no crea nuevos impuestos a la industria turística y salas de juego, porque para eso estará la nueva ley de equidad fiscal, aquí lo que se establece son derechos”, sostuvo ayer Gutiérrez, al defender la aprobación de la ley.
ARANCELES
La ley, sin embargo, establece diferentes aranceles, como el “formulario de aplicación” para abrir un casino, cuyo costo es de 2,000 dólares.
Las licencias de operación —señala la ley— tendrán una vigencia de 20 años y podrán ser renovadas.
Cada máquina tragamonedas se pagarán 20 dólares y por las mesas de juego la suma será de 100 dólares. Ambas anuales.
CUESTIONAN PROCEDIMIENTO
La iniciativa de ley de casinos llegó al parlamento en el año 2002. Pero los jefes de bancada acordaron ayer discutir un proyecto distinto, argumentando que del proyecto original había “detalles” que tenían que ser mejorados.
Los diputados Mónica Baltodano y Eliseo Núñez Hernández criticaron el proceso y coincidieron en que hay grupos ocultos que buscan beneficios con la aprobación de la iniciativa.
¿FINANCIAN CAMPAÑAS?
“Sé que los casinos son una de las fuentes de financiamiento de las campañas electorales, no solo aquí, sino en otras partes del mundo, ¿qué hay detrás de esta premura? Permítanme la duda y por lo tanto permítanme abstenerme en el proceso de aprobación de esta ley”, sostuvo Baltodano en el plenario.
Según Núñez Hernández, la nueva ley permitirá que solo los grandes hoteles y fuertes grupos económicos puedan formar parte de la industria de los casinos y mesas de juego.
La ley prohíbe participar como socio, gerente, director, apoderado o trabajador a los funcionarios electos por sufragio universal, ministros, viceministros, secretarios generales y directores de entes autónomos o descentralizados.
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