Gabriel Álvarez Argüello
A propósito de la Cumbre de Justicia Constitucional
En el Poder Judicial existen personas que fueron magistrados y que según el artículo 162 constitucional ya no lo son. Sin embargo, continúan ejerciendo como tales y pretendiendo que se les reconozca tal investidura.
En el Poder Electoral existen personas que fueron magistrados y que según el artículo 172 constitucional ya no lo son. Sin embargo, siguen ejerciendo como tales y pretendiendo que así se les reconozca.
En la Asamblea Nacional existen personas que en virtud del artículo 133 constitucional no deberían ser diputados. Sin embargo, muy campantes ocupan “su” escaño. Paradójicamente, en base a esa misma disposición le corresponde asumir como diputado a alguien que se le ha conculcado ese derecho. Existe también quien ha ganado legítimamente su escaño, le han despojado del mismo y, posteriormente, se lo han restituido no por razones de justicia y derecho, sino por los cálculos políticos de una voluntad demasiado terrenal.
En el Poder Ejecutivo existen funcionarios de comunicación con funciones, no se sabe si en broma, de primer ministro, cuyo nombramiento violenta en serio el artículo 8 de la Ley de Probidad o personas que pretenden pasar por ministros o embajadores cuando el artículo 138.12 constitucional afirma contundentemente que no lo son.
En la Contraloría de la República existen personas que ejercen como contralores cuando, según el artículo 154 constitucional, son simples ciudadanos. Otro tanto igual puede decirse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 138.9, en relación con la Procuraduría de los Derechos Humanos.
En algunos Concejos Municipales y Regionales muchos ciudadanos favorecidos con un amplísimo apoyo popular o fueron víctimas de un bochornoso fraude electoral o simplemente han sido echados de patitas en la calle mediante leguleyadas y con una pequeña ayuda de mis amigos de la Policía. Viceversa, hay quienes sin contar con el respaldo popular ocupan las sillas edilicias gracias a la voluntad omnipresente de algún poder ciudadano con más de poderío que de ciudadanía.
En los parques y comarcas existen hijos de nicaragüenses nacidos en el territorio nacional que no pueden ejercer sus derechos ciudadanos por no contar con cédula de identidad. Contrario sensu, extranjeros han llegado a Nicaragua, con inconfesables fines, a veces con “ride” aéreo incluido, portando ya la ansiada cédula.
El Estado nicaragüense, pues, se ha desestructurado, la sociedad se ha fracturado, la Constitución se ha vaciado de contenido y se ha sustituido por la voluntad del gran líder. La estupidez se ha enseñoreado y lo ridículo se ha institucionalizado adquiriendo ya ribetes tragicómicos. Todo se ha ido convirtiendo, en el mejor de los casos, en un perfecto relajo de dimensiones catedralicias. En el peor, en una asociación ilícita para delinquir.
En este cuadro, la Corte Suprema ha jugado un papel fundamental para ir dizque legitimando cada uno de los atropellos, de las aberraciones y de los disparates. Ya sea a través de guerras de Salas o de sentencias absurdas que declaran inconstitucional la Constitución o que cambalachan escaños parlamentarios. A través de autos de radicación que sin forma ni figura de juicio despojan de su inmunidad a cualquier diputado que pretenda ejercer su labor parlamentaria. O simplemente a fuego de piedras y morteros contra plazas públicas y privadas sitiadas por turbas togadas.
Es, pues, imprescindible para los operadores políticos de la Corte Suprema de Justicia buscar una legitimidad que aquí en Nicaragua es simplemente imposible y ése es el rol que le han asignado a la VIII Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional.
Sin embargo, los Tribunales y Cortes Constitucionales Iberoamericanos no deben prestarse a ese juego. Ello, sobre todo, tomando en cuenta que la principal causa del mal que padece la justicia en Nicaragua es su falta de independencia política y que el artículo 2 de los Estatutos de la Conferencia, aprobados en Chile en octubre del 2006, dice que su primer objetivo es “Preservar y potenciar la independencia y la imparcialidad de los Tribunales, Cortes y Salas Constitucionales, así como de sus miembros”. No se les pide más. El resto es problema de los nicaragüenses.
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