El clima, la vocación del suelo y la vulnerabilidad en zonas de riesgo, serán tres de los elementos que se deberán tomar en cuenta a la hora de planificar el uso del suelo en los municipios de Nicaragua, de acuerdo con la propuesta de la nueva Ley de Ordenamiento Territorial, que fue dictaminada favorablemente y está en la agenda de la Asamblea Nacional.
La iniciativa, que pasó en la tubería legislativa más de seis años, también contempla sanciones para los funcionarios municipales y para cualquier servidor público o ente privado que incumpla con las normas de ordenamiento territorial.
- La Asamblea Nacional aún no aprueba otras leyes en materia municipal, que ya llevan varios años de estar estancadas.
También están pendientes la Ley de Sistemas de Estadísticas y Censos: la Ley de Asentamientos Humanos Espontáneos y el Código Tributario Municipal.
En la elaboración de la Ley de Ordenamiento Territorial también participó la Asociación de municipios de Nicaragua.
[/doap_box]
De acuerdo con el presidente de la Comisión de Población, Desarrollo y Municipios de la Asamblea Nacional, diputado Agustín Jarquín, la aplicación de la Ley de ordenamiento territorial permitirá detener o remediar casos como el departamento de Madriz, donde más del 80 por ciento de su territorio tiene vocación forestal, y sin embargo, el suelo es usado casi en un noventa por ciento para sembrar granos básicos y para el desarrollo silvopastoril.
“Si hubiera un buen uso del suelo, las tierras se ocuparían de acuerdo a su vocación y sin duda alguna hubiera un rendimiento muchísimo mayor en el municipio”, dijo Jarquín.
En el caso de Managua, la nueva ley podría resolver un gran vacío en la regulación de la distribución territorial en un municipio cuya población supera el millón de habitantes, según dijo el concejal liberal de la capital, Virgilio Gurdián.
“La capital ha crecido desordenadamente. Después del terremoto (1972) el crecimiento ha sido desordenado. Pero la ley puede contribuir mucho”, valoró el también miembro de la comisión de asentamientos humanos del Concejo de Managua.
ACCIONES PLANTEADAS
De acuerdo con el artículo 45 del proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial, los Consejos municipales de cada zona serán los encargados de crear las instancias técnicas operativas que, entre otras cosas, velarán por el desarrollo de las capacidades profesionales necesarias para el ordenamiento y desarrollo territorial.
Los ediles también deberán crear las Unidades Técnicas Municipales, que desarrollarán el Plan Municipal de Ordenamiento y Desarrollo Territorial.
Pero si “las autoridades responsables de aprobar e implementar los Planes de Ordenamiento y Desarrollo Territorial a nivel municipal o cualquier otro nivel territorial, y que no cumplieren con esta obligación (…) serán sancionadas reduciendo o suspendiendo las transferencias financieras establecidas en las leyes de la materia”, de acuerdo con el artículo 74 del mismo proyecto a aprobar.
El diputado Jarquín insistió en que la nueva ley permitirá armonizar la definición económica de las áreas de un territorio con el enfoque ecológico de cuencas.
Ver en la versión impresa las páginas: 4 A