Parlamentarios aprueban reformas a la Ley 433

Finalmente los diputados de la Asamblea Nacional discutieron y aprobaron sin mayores problemas el proyecto de reformas a la Ley 433, Ley de Exploración y Explotación de Recursos Geotérmicos, dando con ello facultades exclusivas al Ministerio de Energía y Minas (MEM) para establecer negociaciones de forma directa con las empresas que deseen desarrollar proyectos de este tipo.

Finalmente los diputados de la Asamblea Nacional discutieron y aprobaron sin mayores problemas el proyecto de reformas a la Ley 433, Ley de Exploración y Explotación de Recursos Geotérmicos, dando con ello facultades exclusivas al Ministerio de Energía y Minas (MEM) para establecer negociaciones de forma directa con las empresas que deseen desarrollar proyectos de este tipo.

El proyecto había generado algunas dudas entre las bancadas, ya que se cuestionaba el hecho de que MEM tuviera la facultad directa de entregar las licencias de exploración y explotación a las empresas internacionales o nacionales, interesadas en estas inversiones, ya que se podría crear algún tipo de favoritismo.

El diputado Augusto Valle, miembro de la Bancada Democrática Nicaragüense, fue el primero en oponerse y dijo que no se podía dejar a discreción del MEM las contrataciones de las empresas.

Además mencionó que aprobar la reforma de esta manera era de mucho riesgo y que por ello se debía tener cuidado, porque estaban en juego proyectos de mucho interés para el país, pero de mucha inversión económica, por lo que era necesario que hubiera algún tipo de fiscalización.

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CGR SERÁ RESPONSABLE

El artículo 15 de la Ley 433 facultará de ahora en adelante al MEM para convocar a inversionistas nacionales o extranjeros, sean personas naturales o jurídicas, públicas, privadas o mixtas, para que mediante negociaciones directas se le pueda entregar concesiones para la exploración y explotación de recursos geotérmicos.

Además corresponderá al MEM junto al Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (Marena) asegurar el adecuado y racional manejo de los recursos geotérmicos entregados mediante concesión por negociación directa.

Freddy Torres, miembro de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos en la Asamblea, destacó que se tuvo la precaución de establecer que sea la Contraloría General de la República (CGR) el órgano fiscalizador de estos procesos.

“Nosotros sabemos que no existe una larga fila de empresas interesadas por invertir y la idea es atraer inversionistas. Los cambios hechos no son trascendentales, pero sí nos aseguramos de que haya un órgano que vaya a fiscalizar el proceso de negociaciones de los proyectos”, afirmó vía telefónica.

INE SUPERVISARÁ

Las reformas también dejan facultades al Instituto Nicaragüense de Energía (INE), para que sea el ente que supervisará los procesos de contratación de proyectos geotérmicos.

Además será el que avalará las contrataciones de los contratos para generación energética.

“La idea es flexibilizar los procedimientos de contratación y agilizar la inversión en este tipo de proyectos”, recalcó Torres.

PROCESOS LARGOS

Eliseo Núñez Hernández, presidente de la Comisión de Infraestructura, manifestó nuevamente que al obviar los procesos de licitación pública, que se siguen en los proyectos de generación geotérmica, hará más atractivas las inversiones, porque se ahorraría tiempo y facilitaría la entrada de la fase de exploraciones.

“No se trata de que haya favoritismo, ni intereses de por medio. Simplemente es crear condiciones para atraer inversión y que los procesos de exploración sean más rápidos. En la generación geotérmica, por lo menos se necesitan de dos a tres años para confirmar si se puede explotar un campo de pozos para la generación a vapor. La idea que se tiene es desarrollar proyectos de energía limpia, en el menor tiempo posible”, destacó.

Núñez Hernández explicó que de acuerdo con las facultades que tiene el INE será siempre esta instancia la que determinará los valores de cada megavatio que se vaya a generar.

El artículo 16 de la Ley 433 establece de ahora en adelante cada consorcio interesado en invertir en proyectos geotérmicos deberá presentar de forma detallada la capacidad técnica y económica de que dispone, un posible plan de inversiones y constancia de su experiencia en el campo de la exploración y explotación geotérmica.

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