Interpretación o abuso de la ley

La interpretación auténtica de la ley es algo tan delicado que siempre ha sido causa de intensas controversias y motivo de cuidadosas regulaciones. Por eso es que ya desde los tiempos del emperador romano de Oriente, Justiniano I (483-565), quien pasó a la historia ante todo por la promulgación del Código que lleva su nombre, se estableció el principio de que “ha de interpretar la ley sólo quien la hace”. Catorce siglos después Napoleón Bonaparte se opuso a que se hicieran comentarios interpretativos a su célebre Código Civil, y en la época actual los legisladores, jueces, litigantes, analistas y ciudadanos interesados en los asuntos públicos, mantienen un permanente debate que no termina a pesar de que se ha legislado expresamente sobre el principio, la forma, el objetivo y las consecuencias de la interpretación de la ley.

Tal es el caso del conflicto actual entre los Poderes Judicial y Legislativo —o mejor dicho, entre los magistrados y diputados liberales y sandinistas que se disputan la hegemonía partidista en esas instituciones del Estado—, sobre la interpretación del artículo 6 de la Ley Electoral, después que un tribunal controlado por el FSLN ordenó a la Asamblea Nacional abstenerse de hacerlo, pero otro tribunal de igual competencia, dominado por el PLC, determinó que los diputados tienen derecho a interpretarlo.

Como es bien sabido, este nuevo conflicto entre los Poderes Judicial y Legislativo se originó cuando los magistrados liberales del Consejo Supremo Electoral (CSE) dejaron de asistir a las sesiones de dicho organismo, a fin de presionar a sus colegas sandinistas para que les concedieran ciertas demandas referentes a las elecciones regionales de la Costa Atlántica. Sin embargo, una sala de la Corte Suprema de Justicia autorizó la incorporación de los suplentes para que el Poder Electoral siguiera funcionando.

Esa resolución judicial fue arbitraria, sin dudas de ninguna clase, como son muchos de los fallos que dicta la cúpula politizada y partidista de la administración de justicia de Nicaragua. En efecto, el artículo 6 de la Ley Electoral señala expresamente que los magistrados suplentes del CSE son exclusivamente “para suplir la ausencia temporal de cualquier magistrado propietario, quien señalará al que lo suplirá durante su ausencia”. O sea que sólo los magistrados propietarios liberales que se declararon en huelga podían indicar quién debía suplir a cada uno de ellos, pero no lo hicieron por razones obvias, de modo que el Poder Electoral tenía que permanecer paralizado hasta que las dos bancadas partidistas en el CSE pudieran llegar a un acuerdo.

Precisamente el principal argumento de los magistrados sandinistas de ambos Poderes del Estado es que el CSE no podía seguir paralizado precisamente cuando tenía que atender y resolver todo lo relacionado con las elecciones regionales del Atlántico, del 5 de marzo corriente. Pero lo cierto es que se violó la disposición del artículo 6 de la Ley Electoral, y ahora, ante la duda y la controversia acerca de quién tiene razón, parece lógico que se haga la interpretación auténtica de la ley que reclaman los liberales, lo cual es facultad exclusiva de la Asamblea Nacional y ninguna instancia del Poder Judicial debería poder impedirlo. En todo caso, de lo que hay que estar claros es de que, de conformidad con el principio jurídico de que las cosas se deshacen de la misma forma que se hacen, o sea que si la Ley Electoral que es de rango constitucional requiere de 56 votos de diputados a la Asamblea Nacional para su aprobación y reforma, igual votación calificada requiere para su interpretación auténtica, porque ésta para fines jurídicos y políticos equivale a una reforma.

Pero esto es Nicaragua, donde las conveniencias y la voluntad de los líderes políticos —peor aún, los caprichos de los caudillos autoritarios— están por encima de la ley, de las instituciones y de los intereses nacionales, y por lo tanto la legislación se interpreta y se aplica según sea la conveniencia del partido que predomina en cada Poder del Estado.

De manera que otra vez tenemos que concluir, como siempre en estos casos, en que sólo se podrá salir de la trampa legal y política en que se encuentra Nicaragua si se cambia la forma de hacer y aplicar las leyes y de administrar la justicia, comenzando por cambiar a todos los diputados y magistrados que ocupan los Poderes Legislativo y Judicial.

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