Acceso a la información pública

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Acceso a la información pública





Ayer nos referimos a la grave amenaza contra el derecho a la libertad de información que representa la Ley 372 (Ley de Creación del Colegio de Periodistas de Nicaragua), que en su artículo 6 establece que sólo las personas acreditadas por ese colegio podrán ejercer el derecho a informar por medio del periodismo, y que mediante reglamentación estatutaria decidirá qué cargos de dirección en los medios de propiedad privada y pública deberán desempeñarlos sólo miembros del Colegio.

Eso sería una violación flagrante de normas fundamentales de la Constitución Política de Nicaragua, y de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José), de manera que la Corte Suprema de Justicia debe declararla inconstitucional.

Pero, al mismo tiempo que algunos dirigentes gremiales de periodistas dan los pasos iniciales para constituir el Colegio de Periodistas que lesionaría gravemente el derecho humano a informar, en la Asamblea Nacional el diputado social cristiano de la bancada sandinista, Agustín Jarquín presentó una iniciativa de ley de acceso a la información estatal, que según su artículo primero es para “garantizar y regular el ejercicio del derecho de los nicaragüenses a la información pública existente en los documentos, archivos y bases de datos de las instituciones del Estado, sociedades mixtas y subvencionadas por el Estado, así como las entidades privadas que administren o manejen recursos públicos”.

Esta contradicción de aprobar una ley para suprimir o coartar drásticamente el derecho a la libertad de información, como es la Ley 372, y por otra parte discutir otra ley para que los ciudadanos tengan acceso a la información de carácter estatal sin depender de la discrecionalidad de algunos funcionarios, sólo se explica porque la sociedad nicaragüense está atrapada en las redes de una dialéctica leninista, en la que el país da un paso hacia delante y prácticamente al mismo tiempo da dos pasos hacia atrás.

Como sea, es muy importante que se haya presentado la iniciativa de ley para garantizar el acceso a la información estatal de interés público, que es una vieja y justa demanda de la sociedad, particularmente de los periodistas independientes de Nicaragua que inclusive elaboraron un anteproyecto de ley sobre la materia.

Es indiscutible la necesidad e importancia de que haya una legislación que establezca e institucionalice los procedimientos para que los ciudadanos puedan tener acceso a la información estatal o pública, que hasta ahora depende de la buena voluntad de algunos funcionarios o, peor aún, de su discrecionalidad.

Los beneficiados con la aprobación y aplicación de una ley como ésta serían ante principalmente los ciudadanos, y en segundo lugar los medios de comunicación y los periodistas independientes. En realidad, el acceso a la información de interés público contribuiría de manera notable a una mayor transparencia en la gestión del Estado, a restablecer la credibilidad de los ciudadanos en las instituciones, e inclusive ayudaría a la recuperación de la honorabilidad y respetabilidad de la función pública, es decir, del oficio político y gubernamental.

El ejercicio efectivo del derecho de los ciudadanos a conocer lo que hacen los gobernantes, así como por qué lo hacen y cómo administran los fondos y los bienes de la nación, es un elemento fundamental para la construcción de una democracia participativa, de la que tanto hablan los políticos pero que nada o muy poco hacen para practicarla.

La verdad es que la democracia no puede ser efectiva ni desarrollarse como una criatura robusta, si no hay control ciudadano sobre la gestión pública. Y para esto es indispensable que los gobernantes reconozcan que toda información que ellos manejan es de interés público, salvo que haya en contrario alguna disposición debidamente justificada. O sea que los ciudadanos, directamente o por medio de los periodistas, sindicatos, entidades religiosas, ONG y partidos políticos, deben tener pleno acceso a los datos que manejan los gobernantes.

Y qué bueno sería que al mismo tiempo o antes de que la Asamblea Nacional apruebe la ley de acceso a la información pública, la Corte Suprema de Justicia declare la inconstitucionalidad total o parcial de la Ley Creadora del Colegio de Periodistas. De esa manera se garantizaría el respeto al derecho a la más importante de todas las libertades, que es la libertad de información.

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