En los últimos tiempos con frecuencia se acusa —desde algunos sectores de izquierda— a quienes sustentamos y practicamos principios éticos libertarios, democráticos y cristianos, que somos intolerantes con las y los homosexuales.
Inclusive, la legítima defensa de la familia natural, normal y moral basada en las relaciones hombre-mujer, tratan de conceptuarla como si fuera una violación a los derechos de las lesbianas y los homosexuales.
Pero es al revés. Quienes atentan contra los derechos y los sentimientos de la gran mayoría de los nicaragüenses, son quienes pretenden imponer principios y prácticas extrañas y minoritarias, como es el caso del “matrimonio” entre personas del mismo sexo.
Las preferencias sexuales de los individuos pertenecen al ámbito de su libre albedrío, son asuntos de cada quien, y mientras no molesten ni perjudiquen a los demás nadie tiene por qué entrometerse con ellos, y mucho menos el Estado.
En realidad, en ningún país donde la convivencia social se funda en la libertad, la democracia y el respeto al derecho ajeno, se puede permitir que el Estado determine la forma en que los individuos deben conducir su vida íntima y sus relaciones sexuales. Esto es algo que pertenece exclusivamente a la esfera de las acciones privadas de las mujeres y los hombres, cuya regulación está reservada a la voluntad de Dios —para los que creen—, o exclusivamente a ellos mismos de acuerdo con sus principios morales —para los no creyentes—, pero en todo caso libres de la imposición de la ley y del fisgoneo de los gobernantes, diputados, magistrados, burócratas, policías y militares que en conjunto integran los poderes públicos.
Con respecto a la familia, aún la Constitución Política de la República de Nicaragua, cuyos antecedentes como es bien sabido son sandinistas y por lo tanto izquierdistas, precisa con absoluta claridad que “el matrimonio y la unión de hecho… descansan en el acuerdo voluntario del hombre y la mujer…” (artículo 72); y que “las relaciones familiares descansan en el respeto, solidaridad e igualdad absoluta de derechos y responsabilidades entre el hombre y la mujer” (artículo 73).
Inclusive, entre las por lo menos cincuenta formas históricas y jurídicas distintas del matrimonio que reconoce el derecho universal, no hay ninguna que se refiera a la unión marital entre personas del mismo sexo.
De modo que sería inconstitucional y antijurídico legislar sobre el “matrimonio” entre personas homosexuales, y quienes tratan de hacerlo atentan también contra la voluntad, el derecho y las creencias morales y religiosas de la inmensa mayoría de los nicaragüenses, cuyas relaciones amorosas y sexuales, sus uniones conyugales, matrimonios y familias son normales y basadas en el vínculo entre hombre y mujer. Y si el Estado legislara sobre asuntos de sexualidad se inmiscuiría en la intimidad de las personas y atropellaría sus creencias éticas y religiosas.
La verdad es que cada quien debe ser libre de decidir sobre su vida sexual según sus preferencias, sentimientos y convicciones filosóficas, éticas o religiosas. Y al contrario, legislar sobre lo que es competencia de los propios individuos, como es el caso de la intimidad sexual, sería una irresponsable invitación al entronizamiento de un Estado tipo “gran hermano”, omnipresente y sofocante, francamente totalitario.
Ahora bien, ser respetuosos de las preferencias sexuales de cada quien, y por lo tanto de las opciones homosexuales y lésbicas, no nos obliga a cambiar nuestra convicción —ni a acallarla— de que la práctica homosexual contradice las leyes divinas y naturales, cuyo primordial precepto es la conservación y reproducción de la especie. Es decir, nuestro convencimiento de que tanto Dios como la Naturaleza —según lo crea cada quien— determinan que la humanidad se preserva y reproduce por medio de la unión de hombre y mujer, no de hombre-hombre ni de mujer-mujer.
Cada acto sexual entre un hombre y una mujer fértil tiene el potencial de concebir un hijo, y por ese medio asegurar la prolongación de la especie. La relación homosexual, al contrario, independiente del derecho que tienen las personas de amarse y relacionarse sexualmente como quieran, no asegura el fin natural de la preservación de la vida, y por lo tanto es anti-natural porque contraría el plan de Dios y frustra la intención de la naturaleza de perpetuar a la familia humana.