Si los diputados eligen hoy a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, desoyendo el clamor de la sociedad de que se debe reducir el oneroso y excesivo número (16) de miembros que tiene ese alto cuerpo judicial; y si además los nombran sin tomar en cuenta a los candidatos que presentó el Presidente de la República, éste debería impugnar semejante “elección” por flagrante inconstitucionalidad.
En realidad, ya que el Presidente Bolaños y quienes lo respaldan no quieren irse a fondo en la búsqueda de una limpieza política y ética de las instituciones pervertidas por el pacto libero-sandinista, al menos podrían rechazar la “elección” de los magistrados según el capricho y los intereses pactistas de los diputados, y no como la Constitución Política de la República dice que se deben elegir.
Hace un par de semanas un prominente diputado sandinista declaró con descarada arrogancia que ellos —los diputados— no tenían por qué tomar en cuenta las propuestas del Presidente de la República para elegir a los nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Entonces protestamos por esa insolente manifestación de desprecio a la ciudadanía y a la Constitución, mediante una columna editorial que titulamos “Diputados, por sus pistolas”.
Y ayer fue un político insignia de la bancada liberal en la Asamblea Nacional, el diputado Pedro Ríos quien declaró: “La Constitución establece que es función de la Asamblea Nacional la elección de los magistrados de la CSJ, no es el presidente (Enrique) Bolaños quien los elige y tampoco puede venir a imponernos candidatos. Nosotros no le decimos a quién debe nombrar como ministro o viceministro, porque ésa sí es su facultad; así que no venga a querer imponernos”.
Pero el diputado liberal Ríos falsifica deliberadamente la Constitución o hace una lectura e interpretación antojadiza de la ley suprema de la República.
Ciertamente, la Constitución establece que es atribución de la Asamblea Nacional elegir a los magistrados, pero no como a los diputados les dé la gana sino en base “de listas separadas propuestas para cada cargo por el Presidente de la República y por diputados de la Asamblea Nacional, en consulta con las asociaciones civiles pertinentes” (artículo 138, inciso 7 Cn.)
Y agrega dicho artículo constitucional que sólo en el caso de que no haya listas del Presidente de la República “bastarán las propuestas de los diputados”. O sea que si hay listas del Presidente de la República no bastan las propuestas de los diputados, y si se empecinan en ignorar las propuestas presidenciales incurran en violación evidente y flagrante de la Constitución y la elección tendría que ser recurrida por inconstitucionalidad, de acuerdo con la ley.
Al parecer el diputado Pedro Ríos confunde la cardiología con la veterinaria, o desconoce la Constitución o la distorsiona por gusto y arrogancia.
Ciertamente, el artículo 150, inciso 6, de la Constitución, establece con absoluta claridad que es atribución del Presidente de la República “nombrar y remover a los ministros y viceministros… y demás funcionarios cuyo nombramiento no esté determinado de otro modo en la Constitución y en las leyes”. Pero no dice la Constitución que el Presidente de la República debe nombrar a los ministros y viceministros de entre listas que le propongan los diputados, y en cambio en el caso de la elección de los magistrados sí señala inequívocamente que la Asamblea Nacional los tiene que elegir de entre las propuestas del titular del Ejecutivo, primero, y luego de las postulaciones de diputados (ni siquiera de todos los diputados). Lo que indica que por lo menos la mitad de los magistrados deben ser escogidos entre los propuestos por el Presidente de la República.
Insistimos en que no se debería elegir ahora los magistrados. Pero si al fin los diputados lo hacen, tienen que escoger por lo menos dos —si sólo eligen cuatro—, o cuatro o cinco —si nombran a los nueve— de entre las listas que les presentó el presidente Bolaños.
No hay por dónde perderse. Si los diputados eligen hoy a los magistrados pasando por encima de las propuestas del Presidente de la República, tendrían que ser acusados por atropello doloso a la Constitución.