Mario Torres [email protected]
Una nueva oportunidad se presenta a los diputados nicaragüenses para profundizar la democracia y contribuir a la tranquilidad de los ciudadanos. La Asamblea Nacional deberá elegir próximamente magistrados para la Corte Suprema de Justicia. La elección amerita, por su trascendencia, algunas consideraciones que aquí se exponen.
La primera consideración es jurídica: La Asamblea está obligada a elegir magistrados para la Corte Suprema de Justicia, exacta y únicamente como manda la Constitución Política (Arto. 138, inc. 7), de listas propuestas por el Presidente de la República y los diputados, y sólo si no hubiere lista del Presidente bastarán las propuestas de los diputados, estableciendo con ello la Constitución un claro criterio de preeminencia y obligatoriedad para los diputados. Por lo tanto, ignorar la propuesta presidencial sería ignorar el espíritu de la Constitución.
La segunda es una apelación. Hay que reconocer que el Poder Legislativo en Nicaragua ha logrado y debe seguir haciendo contribuciones a la democracia, un ejemplo de ello fue el caso del “desafuero”. El nuevo reto es la elección de magistrados que evidentemente requiere más que de una sumatoria de votos que conduciría al pírrico triunfo de una mayoría parlamentaria, pero en plena contradicción con el deseo de los nicaragüenses. Lo que espera el pueblo y la comunidad interesada son decisiones mesuradas, comprometidas con valores éticos y con una visión estratégica en beneficio de la nación, lo que equivale en este caso a elegir magistrados bajo criterios profesionales y éticos y romper así con la percepción de desconfianza e impunidad que generan las componendas partidarias y la incivilizada idea de reservarse el control de la justicia.
La tercera consideración es política y se deriva del origen y destino de la diputación, los ciudadanos, quienes autorizan a los diputados a representarlos, pero sin abdicación de la soberanía, porque ésta, como la conciencia, es irrenunciable. Si los diputados son responsables primero ante el pueblo soberano y las leyes, es normal entonces esperar que honren su responsabilidad decidiendo en apego a la ley, para el beneficio de la nación y no para satisfacer grupos interesados en la defensa del poder a ultranza, ni para la satisfacción de “dominomaníacos” (adictos insaciables al poder, mal endémico nacional). Los diputados, aunque propuestos por partidos políticos, se deben primero al bienestar y sagrados intereses de Nicaragua y resulta evidente que en este caso el bienestar y el interés de los nicaragüenses exigen el fortalecimiento del Poder Judicial y la profesionalización de la Administración de Justicia.
La última, pero no menos importante consideración es ética, y surge de la libertad de conciencia como característica humana. No existe ninguna condición que impida a los diputados recurrir a la libertad más íntima y sagrada para fundamentar sus decisiones y disentir de aquello que por su finalidad pone en peligro los avances democráticos logrados. Nunca, nada ni nadie ha sido más fuerte que el don de la libertad que nos habita y ni la fuerza del poder más absoluto, ni el discurso más retórico, ni las convenciones más concurridas, son razones para postergar la urgente necesidad de profundizar la democracia a través de decisiones que legitimen al Poder Judicial y al Parlamento mismo.
Finalmente hay que reiterar a los diputados y grupos de poder en Nicaragua que en toda sociedad democrática es necesario aceptar principios e instituciones mínimos para su existencia y funcionamiento, así como su absoluta preeminencia ante componendas de grupos y de particulares. El reto está planteado y hay que asumir que los diputados están conscientes de sus deberes, pues si no, ¿cómo entender que no protesten ni corrijan cuando algunos les llaman “padres de la Patria”?
El autor es docente y consultor.