- Según abogado de Jerez, Fiscalía y Procuraduría no tenían facultad para acusar
Ary Neil Pantoja [email protected]
“La Fiscalía General de la República y la Procuraduría General de la República no tenían facultades para ejercer la acción penal, y eso anula el proceso”, dice en un escrito el doctor Virgilio Flores. Con este argumento, el abogado defensor de Byron Jerez Solís solicitó ayer la “nulidad sustancial absoluta y perpetua” de la causa, por la que es procesado su cliente en el Juzgado Primero de Distrito del Crimen de Managua.
La causa es conocida como “el libretazo”, y en la misma la Procuraduría General de la República (PGR) señala que Jerez, en su calidad de Director General de Ingresos emitió varias notas de crédito para pagar unas 24 camionetas de lujo a nombre de la DGI y que luego aparecieron en manos de personas particulares incluyéndolo a él y a sus familiares.
Según Flores, la Procuraduría basó su acusación contra Jerez en la Ley 11, que fue reformada en 1993. Dicha ley regula los delitos de malversación, fraude y peculado, y, dijo Flores, que la misma fue reformada, de tal manera que la PGR debía contar con informes, auditorías o investigaciones verificadas por la Contraloría General de la República para iniciar un proceso penal.
FISCALÍA TAMPOCO PODÍA ACUSAR
En el caso de la Fiscalía, Flores señaló que tampoco tenía facultad de acusar pues, según el escrito, la ley que le otorga dicha facultad aún no está en vigencia. “…(Las facultades) de la Fiscalía están limitadas por mandato de la Ley 346 en su Capítulo VIII, artículo 37, párrafo V, Facultades que tendrá la Fiscalía y que se complementará con la implementación del sistema acusatorio mediante una ley procesal penal, ley que fue aprobada, pero que aún no está en vigencia, sino hasta diciembre del presente año”, señala el escrito.
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