La pretensión sandinista de quitarle al Partido Conservador el único o los dos únicos diputados que podría obtener como resultado de las últimas elecciones, comprueba que el FSLN no ha renunciado a su naturaleza totalitaria y que, en definitiva, fue acertada la decisión electoral que tomó la mayoría de los nicaragüenses el pasado 4 de noviembre.
El FSLN argumenta que como el Partido Conservador sólo obtuvo el 1.34 por ciento en la votación presidencial del 4 de noviembre, perdió la personalidad jurídica y que por tanto ha dejado de ser partido político y no tiene derecho a ser representado en la Asamblea Nacional, omitiendo que en la boleta de diputados los conservadores obtuvieron más del 4% de los votos.
Este razonamiento totalitario del Frente Sandinista desconoce la naturaleza nacional y supra partidista que tiene la representación parlamentaria en un sistema democrático, niega el derecho constitucional de un partido político y atropella su condición de ciudadanos a los más de 100 mil nicaragüenses que votaron en la boleta para diputados, dentro de la casilla del Partido Conservador.
En realidad, la pretensión sandinista de degollar al Partido Conservador y tratar de quedarse con él o los diputados de éste, es un canibalismo político inaceptable, y el Consejo Supremo Electoral no debe tomarlo en consideración a la hora de resolver sobre la situación legal en que quedarán los conservadores. Pues lo que pretende el FSLN es sacar provecho de la contradicción que hay entre la Constitución Política de la República (que es la norma superior), la cual en su artículo 173 establece que la personalidad jurídica de un partido se cancela en el caso de que no obtenga “al menos un cuatro por ciento del total de votos válidos en las elecciones de autoridades generales”; y la Ley Electoral (norma inferior), que en su artículo 10 dice que el CSE debe cancelar la personalidad jurídica de un partido cuando no obtenga “al menos un cuatro por ciento (4%) de los votos válidos en las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República”.
Es obvio que esa disposición de la Ley Electoral contradice al texto constitucional, pero lo que vale es la Constitución, que como lo dice ella misma en su artículo 182, “es la carta fundamental de la República; las demás leyes están subordinadas a ella. No tendrán valor alguno las leyes, tratados, órdenes o disposiciones que se le opongan o alteren sus disposiciones”.
Inclusive, en el caso absurdo de que el CSE por obediencia al pacto libero-sandinista atropellara la norma constitucional y decapitara al Partido Conservador, éste tendría derecho de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia, porque la personalidad jurídica de un partido no es una simple materia electoral, y por lo tanto inapelable, sino un asunto de derechos políticos fundamentales que están garantizados expresamente en los artículos 50, 51, 52 y 55 de la Constitución Política de la República.
Por otro lado, el FSLN también pretende quedarse con un diputado en Boaco y otro en la Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS), a pesar de que no llenó el cociente electoral en ninguna de esas dos circunscripciones. Pero en este caso la Ley Electoral sí que es absolutamente clara, al señalar (artículo 147) que “La elección de diputados por circunscripción departamental y de las Regiones Autónomas se hará asignando inicialmente a cada organización política un escaño por cociente electoral…”. Y en el caso de los departamentos donde se elige sólo a dos diputados, el inciso 2 del mismo artículo establece que si un partido llena sólo un cociente electoral, el otro diputado se le asigna al segundo partido con mayor votación. Pero si un partido recoge votos suficientes para llenar dos veces el cociente electoral, y los otros partidos ni una sola vez, lo lógico es que los dos diputados se le deben adjudicar al primero.
De manera que la pretensión del FSLN de liquidar la personalidad jurídica del Partido Conservador para apropiarse del o de los diputados que le corresponden a este último, así como quedarse con un diputado en Boaco y otro en la RAAS, a pesar de que no alcanzó los cocientes electorales, es arbitraria y por lo tanto inaceptable desde todo punto de vista jurídico, político y moral.