La inhibición de Alvarado

Armando Boza*

Cuando se mencionaron los pactos políticos entre PLC y FSLN, para reformar la Constitución Política de Nicaragua, la tesis del Presidente Alemán era que el pueblo eligió a los liberales para gobernar en las pasadas elecciones generales y que no era posible que la Contraloría del Estado estuviera en manos de partidos que fueron eliminados por el pueblo, lo mismo que en el Poder Electoral y Judicial.

Los liberales (nicaragüenses) de Miami vimos la oportunidad de que se eliminara el artículo constitucional que excluía de por vida a todos los nicaragüenses que alguna vez renunciaron a su ciudadanía para adquirir otra. A éstos nunca, según el pasado pacto social, les permitía ser candidatos a la Presidencia de la República. Entre éstos, varios de Miami y en especial el Dr. Antonio Alvarado, a quien tratamos de convencer en su propia casa de Granada, un grupo de convencionales liberales de Miami, de que las reformas constitucionales tenían muchos costos políticos y que lo único que nos beneficiaba era que se podía eliminar ese artículo. Pero no estábamos de acuerdo con la “cuarentena de los 4 años”, que deberían ser de dos solamente para que tuvieran la igualdad de los candidatos a diputados; la respuesta de Alvarado, que fue uno de los negociadores del Pacto y lo que actualmente niega siendo uno de sus padres, fue que ya todo estaba arreglado con el FSLN y que era algo imposible. Uno de los convencionales le recriminó, que como a él ya no le afectaba no le importaba el asunto. Las mismas puertas se nos cerraron con otros altos directivos del PLC y de la bancada liberal en la Asamblea Nacional.

El punto es que parece que Antonio Alvarado no cumple los requisitos que él mismo pactó con el Frente Sandinista, y creo que se debe a cuestiones de forma y de fondo; por ejemplo, en el procedimiento, se debe renunciar a la otra ciudadanía 4 años antes, creo que hay un problema con el tiempo. Para llegar al fondo del asunto, el sólo hecho de renunciar no cumple con la intención del legislador, porque esa voluntad no se complementa con el deseo. Eso sería que el país adoptivo acepte la renuncia, y de la petición a la aceptación pueden pasar muchos años, para poder cumplir con la ley de Nicaragua. Como jurista creo que la “famosa cuarentena de 4 años” comienza a correr con el documento público del otro Estado, donde la renuncia fue aceptada, regresando al estado actual, al Nacional, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta, que jurídicamente se complementó el procedimiento y es a partir de esa fecha que corren los 4 años a la presentación ante el Consejo Supremo Electoral de Nicaragua por el partido del que Alvarado es candidato, y no al 4 de noviembre del 2001, cuando serán las elecciones.

El asunto está muy claro. Si Antonio Alvarado publicó antes de esa fecha el documento de aceptación del Departamento de Estado, puede ser candidato, de lo contrario el famoso pacto lo condena a no ser candidato. Como nicaragüense que es, él podría ser candidato en las siguientes elecciones. Nunca es tarde, algunos dirán que las reformas constitucionales no son retroactivas a favor del afectado, en lo que estoy de acuerdo, ya que la retroactividad de la ley es sólo en asuntos penales y no en derechos políticos.

* El autor es abogado nicaragüense, residente en Miami
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