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La Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica, a través de la resolución DG-0064-05-2026, autorizó nuevamente la implementación de la “Categoría Especial Temporal Complementaria”, dirigida a personas de origen nicaragüense, venezolano, cubano y ahora colombiano.
Las personas que podrán aplicar a dicha categoría son aquellas “cuyas solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado se encuentren pendientes de resolución o hayan sido denegadas”.
Las autoridades costarricenses en la misiva reconocieron que en ese país existen “desafíos y posibles retrasos en el sistema de determinación de la condición de refugiados” y, considerando que existe una “gran cantidad de personas” de esas nacionalidades con procesos de refugio pendientes de resolución, valoraron necesario regularlas mediante esta categoría, con el fin de darles un mecanismo orientado a la protección y estancia legal.
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Según el artículo 2 de esa resolución, estas personas que consigan dicha categoría serán libres para “desempeñarse en cualquier actividad laboral remunerada, por cuenta propia o en relación de dependencia”.
Recibirán solicitudes durante un año
Migración y Extranjería de Costa Rica, en el artículo 5 de la resolución, estableció que las solicitudes para la “Categoría Especial Temporal Complementaria” deben presentarse en la sede de La Uruca, en San José.
Las solicitudes se recibirán durante todo un año, a partir del próximo 1 de septiembre hasta el 1 de septiembre de 2027.
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“En ese mismo período se realizará la atención de las personas interesadas para la formulación de las solicitudes correspondientes”, detalla el documento.
Requisitos para aplicar
Las autoridades especificaron que para aplicar a esta categoría los solicitantes deben cumplir requisitos como: llenar un formulario de afiliación que será gratuito y podrá descargarse desde la página web de esa Dirección; presentar certificación de nacimiento emitida en el país de origen, legalizada o apostillada o, en su defecto, una declaración jurada; y una certificación de antecedentes penales, también emitida en su país de origen.
Otros requisitos incluyen fotocopia de una prueba de identidad, que puede ser el pasaporte, cédula de identidad o certificación de identidad; comprobante de huellas emitido por el Ministerio de Seguridad Pública para personas mayores de 12 años; documento que acredite arraigo, entre estos inscripción en algún centro educativo, atención médica en algún centro de salud de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) o cualquier documento que demuestre la realización de un trámite en alguna entidad pública costarricense.
Revisión de antecedentes penales
La Categoría Especial Temporal Complementaria podría ser negada en caso de antecedentes penales que incluyan delitos dolosos en los últimos diez años, que representen una amenaza a la seguridad pública o en caso de que el solicitante haya ingresado o salido del territorio costarricense de forma irregular después de haber recibido la categoría. Por esa razón, ya no podría renovarla, a menos que justifique el motivo de sus salidas o ingresos irregulares.
En el artículo 3 de la resolución, Migración y Extranjería de Costa Rica especifica que el “otorgamiento de la presente categoría migratoria se encontrará supeditado a la revisión de seguridad que realice esta Dirección de antecedentes penales y policiales, a través de bases de datos nacionales e internacionales a las que se tenga acceso”.
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La Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica, según las estadísticas que compartió a LA PRENSA a inicios del año pasado, recibió entre enero de 2018 y abril de 2025 un total de 257,711 solicitudes de refugio de nicaragüenses. La mayoría de estas, más de 200 mil, seguían sin ser aprobadas o denegadas.
El abogado Omer Badilla Toledo, viceministro de Gobernación y Policía y director general de Migración y Extranjería de Costa Rica, explicó a LA PRENSA a inicios del año pasado que el volumen de solicitudes los supera a nivel administrativo, por lo que el tiempo en que se resuelven va de dos a tres años. No obstante, resaltó que están “resolviendo una estrategia y se están atendiendo paulatinamente”.
Las autoridades de Migración y Extranjería de Costa Rica, entre marzo de 2023 y febrero de 2024, como un mecanismo excepcional, también implementaron la Categoría Especial Temporal.