El transporte de carga regional ya experimentó efectos negativos por la disposición del régimen Ortega Murillo. Foto: LA PRENSA.

Régimen permite a transporte de carga internacional circular a 80 km/h, pese a restricción general

Aunque la Policía no respondió formalmente a la carta enviada por transportistas, el gremio asegura que la restricción para ellos sólo se aplicó por un par de días

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Un mes después de que se impusiera la restricción de velocidad máxima de 50 kilómetros por hora (km/h) en carreteras, el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo permite que el transporte de carga circule a una velocidad máxima de 80 km/h, aunque aseguran que la vigilancia policial se ha intensificado.

El 18 de junio, un día después de que el dictador anunció la medida, la Federación Centroamericana de Transporte (Fecatrans) envió una carta al primer comisionado de la Policía, Francisco Díaz, solicitando una audiencia para negociar la disposición, ampliar el plazo aduanero concedido a los transportistas y reconsiderar la medida.

También enviaron copia de la carta a la presidencia pro tempore del Consejo de Ministros de Integración Económica (Comieco), actualmente a cargo de Costa Rica; al Comité Aduanero Centroamericano, y al Sistema de Integración Económica Centroamericana (Sieca).

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«En realidad sí nos recibieron la carta, pero no nos respondieron. Este reglamento de los 50 km/h nunca se llevó a cabo (para el transporte de carga). No están teniendo la restricción de los cincuenta kilómetros, sino están permitiendo caminar a 80 km/h. Hay mucha, mucha vigilancia por parte de la Policía, pero sí nos están permitiendo ir 80 km/h. Hay mucho puesto de registro», señaló Augusto Toledo, directivo de Fecatrans, en declaraciones a LA PRENSA.

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El puesto aduanero en El Guasaule, Chinandega, es uno de los de mayor tránsito de furgones con carga. LA PRENSA/ARCHIVO

No hubo más pérdidas

El 23 de junio, la presidenta de Fecatrans, Marjorie Lizano, afirmó que hasta ese momento no se habían cuantificado las pérdidas por el aumento en el gasto de combustible y viáticos de los conductores al transitar a menor velocidad.

Sin embargo, Toledo sostuvo que no hubo pérdidas porque la medida sólo se aplicó a este sector “por un par de días”.

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«Si usted va pasado de 80 km/h, sí le ponen multas ahora. Abajo de 80 no hay, no tenemos noticia de ninguna multa», dijo Toledo.

Medida impuesta sin consultas

El 17 de junio, la Dirección General de Tránsito Nacional de la Policía, en cumplimiento de la orden de Daniel Ortega, informó que a partir de ese día el límite de velocidad en las carreteras del país sería de 50 km/h.

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Según la nota informativa 001‑2025 divulgada por la Policía, el nuevo límite de 50 km/h aplica a vehículos de transporte privado, público, de carga y de pasajeros; para motocicletas, el límite es de 40 km/h.

Además, desde que Ortega impuso la medida, la Policía ha suspendido 2,705 licencias, 1,125 más que las 1,580 suspendidas entre el 19 de mayo y el 15 de junio, antes de la entrada en vigor de la restricción.

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