Julissa Asunción Montoya Chavarría y su hija de 13 años, ambas víctimas de femicidio en Managua. Foto: LA PRENSA/Cortesía.

Julissa y su hija fueron asesinadas tras denunciar. Nicaragua suma 41 mujeres víctimas de femicidio en lo que va de 2025

Los femicidios de Julissa Asunción Montoya Chavarría y su hija de sólo 13 años, afirman feministas y defensoras nicaragüenses, evidencian graves fallas en el sistema de protección de víctimas de violencia en Nicaragua

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El femicidio cometido contra Julissa Asunción Montoya Chavarría, de 46 años, asesinada junto a su hija de iniciales J. M.CH., de 13 años, deja nuevamente en evidencia —a juicio de defensoras de derechos humanos— los altos niveles de violencia machista que enfrentan las mujeres en Nicaragua, así como las graves fallas del sistema de protección a víctimas por parte de las autoridades.

El caso de Montoya Chavarría y su hija ha generado especial atención entre feministas y defensoras nicaragüenses, sobre todo porque la ciudadana, seis meses antes de ser asesinada, buscó apoyo en las autoridades y denunció a su agresor, quien era su expareja y padre de la menor también asesinada.

El sujeto identificado como Bayardo Jesús Morales, de 43 años, fue encontrado colgado del cuello en el mismo lugar donde yacían sin vida ambas víctimas; asfixiadas y acostadas en una cama de una vivienda ubicada en Villa Reconciliación, en Managua.

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Ana Quirós, feminista y defensora de los derechos de las mujeres, y parte del Centro de Información y Servicios de Asesoría en Salud (Cisas-Costa Rica), apuntó que el caso de Montoya Chavarría “es un ejemplo más de la falla total del sistema de protección integral a las mujeres en casos de violencia”.

“El sistema no protegió de ninguna manera ni a Julissa ni a su hija. (…) Esto nos habla una vez más de la falta de atención y de compromiso de las autoridades nicaragüenses con la protección de las mujeres y con la prevención de la violencia contra las mujeres, frente al femicidio, frente a la violencia”, denunció la defensora.

41 femicidios en seis meses

En lo que va de 2025, según datos del Observatorio Voces de Católicas por el Derecho a Decidir, se han registrado 41 femicidios contra nicaragüenses: 26 a nivel nacional y 15 en el extranjero.

Los femicidios que ocurrieron dentro del territorio nicaragüense se registraron en: Managua (9), Caribe Norte (3), Caribe Sur (2), León (2), Nueva Segovia (2), Boaco (2), Juigalpa (1), Jinotega (1), Estelí (1), Río San Juan (1), Matagalpa (1) y Chinandega (1).

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Las defensoras de Católicas por el Derecho a Decidir afirmaron que tanto el caso de Montoya Chavarría como el de su hija, de 13 años, fueron incluidos en la lista de femicidios registrados en lo que va de este año.

Las defensoras afirman que la Ley 779, Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres, en su versión original —previo a las reformas ordenadas por la dictadura sandinista que permitió la mediación en casos de violencia intrafamiliar— establece que toda muerte de una mujer a manos de un hombre es femicidio, siendo un crimen con saña que muestre odio.

No hubo seguimiento a las medidas de protección

Una abogada y feminista nicaragüense, bajo condición de anonimato, refirió que este caso —que, a su juicio y de otras defensoras nicaragüenses, es un doble femicidio— muestra “la situación de violencia que se vive en Nicaragua y que no se atiende como se debe”.

La letrada explicó que la Ley 779, ya con sus reformas, contempla algunas figuras para, como ocurrió en este caso, el principio de oportunidad, ante determinadas circunstancias, dando la posibilidad al agresor de no cumplir con la pena.

Explicó que, en este caso, el sistema judicial de Nicaragua optó por aplicar dicha figura de suspensión condicional de la persecución penal, tomando en cuenta que este no tenía antecedentes penales, aunque había una acusación formal en su contra y estuvo al menos 15 días preso en el Sistema Penitenciario Jorge Navarro, conocido como La Modelo, por el delito de “amenazas contra la mujer”, cometido en perjuicio de Julissa Asunción Montoya Chavarría.

Bayardo Morales Osorio habría sido el sujeto que arrebató la vida a su esposa e hija. LA PRENSA/CORTESÍA

“Al responsable, al agresor, se le estableció una terapia psicológica, es decir, según el judicial, esa terapia psicológica era para modificar una conducta violenta y evitar reincidencia”, detalló.

Añadió que, según un oficio emitido por el judicial el 31 de enero pasado, el acusado también debía informar —personalmente, por medio de su defensor o la Defensoría Pública— sobre su inscripción, tratamiento y evolución en dicha terapia.

“La resolución establecía que el agresor tendría que presentar mensualmente una constancia de asistencia por un plazo de ocho meses, que expiraba el 31 de septiembre de 2025. Esto fue enviado al Centro para Atención de Personas con Problemas de Adicción Valentín Méndez. Eso fue el 31 de enero de este año, sin embargo, a esto no se le dio seguimiento. Es decir, muchas veces las decisiones judiciales quedan en los documentos, sin embargo, nadie les da seguimiento”, lamentó la defensora.

“La resolución judicial a esa fecha dice que se debe girar oficio al equipo interdisciplinario de los juzgados de distrito especializado en violencia para que puedan dar seguimiento y control a las obligaciones asumidas por el acusado, sin embargo, no hubo ningún seguimiento. Nadie se ocupó de revisar que este señor, este femicida, cumpliera con esa decisión judicial. No se sabe si este señor asistió al centro para atención que le designaron y menos se informó, y nadie se interesó de darle seguimiento”, insistió.

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Además, denunció que lo que evidencia este caso es lo que ocurre “ordinariamente en estas situaciones de violencia intrafamiliar: se les pone poco interés por parte del sistema judicial en general a este tipo de situaciones. Ni el Ministerio Público se ocupa, que es la parte acusadora, ni la Defensoría Pública se ocupa, que es la parte que defiende al agresor, ni los judiciales o el equipo interdisciplinario que está adscrito a los juzgados especializados en violencia”.

“Oportunidad de salir a matar”

“Son montones de casos en los que las mujeres son convencidas de que hagan mediación con su agresor, que en todo caso el agresor se compromete a cumplir con todo lo que se le designe por parte del judicial. Entonces, ellos prometen el cielo y la tierra y no lo cumplen, y este tipo de hechos termina en los femicidios que hemos estado viendo en Nicaragua”, apuntó la letrada nicaragüense.

La experta aseguró que no hay un interés, una voluntad de que se cumpla el espíritu de la Ley 779, porque todas las situaciones de violencia “se ven como delitos menos graves. Por un lado, se les lleva a mediación, a suspender, como en este caso, a la suspensión condicional de la persecución penal. Es decir, ya no van a detener al delincuente, al agresor, sino que le van a dar un principio de oportunidad, y realmente esa oportunidad es de llegar a matar, como en este caso, a la excompañera de vida y a su hija”.

“Estamos asistiendo una vez más ante hechos que se habrían prevenido, que si se les diera seguimiento no sucedieran. Pero, por un lado, las mujeres no tienen la información sobre qué hacer en este tipo de situaciones, cómo agotar las medidas preventivas para que esto no suceda. Sin embargo, por otro lado, las autoridades correspondientes, nadie se ocupa de darle seguimiento… los judiciales tampoco… Se puede revisar el expediente en este caso específico y aquí no hubo ningún seguimiento de parte de las autoridades, de tal manera que la Ley 779 fue desvirtuada y no se cumple en su espíritu”, concluyó.

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