El dictador Daniel Ortega remitió a la Asamblea Nacional una ley para regular los medios aéreos, navales y terrestres no tripulados, que establece una serie de controles, limitaciones y prohibiciones sobre el uso de estos en el territorio nacional, sobre todo cerca de la casa presidencial y las instituciones armadas del país.
La iniciativa de ley prohíbe el uso de los medios no tripulados a las personas naturales y jurídicas en todo el territorio nacional.
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También prohíbe específicamente el sobrevuelo de los medios aéreos no tripulados en las siguientes áreas: Presidencia de la República, sedes de los órganos del Estado, Comandancia General del Ejército, Jefatura Nacional de la Policía Nacional, Ministerio del Interior, áreas restringidas aeronáuticas, infraestructuras críticas, objetivos estratégicos, unidades militares, policiales y dependencias subordinadas al Ministerio del Interior.
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En Nicaragua, la Presidencia está ubicada en la casa familiar de Ortega y su esposa y cogobernante, Rosario Murillo, quienes viven en el sector del parque El Carmen, en Managua.
Advertencia
La nueva legislación ordena que las personas naturales y jurídicas que tengan en su poder medios no tripulados deberán informar y entregar dichos medios en un término de 30 días al Ministerio del Interior, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta ley. En caso contrario, “incurrirá en violacion expresa de la presente ley por lo que será objeto de las acciones administrativas o judiciales que correspondan”.
La iniciativa establece que la Presidencia será la única entidad que puede autorizar el ingreso y el empleo de estos medios no tripulados. Igualmente, el Ejército, Policía y el Ministerio del Interior también están autorizados para ingresar y emplear medios aéreos, navales y terrestres no tripulados, establece el artículo 3 de la nueva iniciativa de ley.
Oficina de Registro
La ley creará una Oficina de Registro y Control de medios aéreos, navales y terrestres no tripulados, como una dependencia adscrita al Ministerio del Interior, que además de ser la autoridad de aplicación de la ley, también regulará la estructura y funcionamiento del nuevo registro.
Los medios no tripulados son definidos como “sistemas combinados aéreos, navales o terrestres, que pueden conducirse de forma remota o automática para la recolección de información”.