La dictadura de Daniel Ortega y su esposa Rosario Murillo mandó este martes 26 de noviembre a la Asamblea Nacional una ley que condiciona la cooperación internacional a sus lineamientos autoritarios.
Al igual que las reformas de agosto a ley de organizaciones sin fines de lucro (OSFL/ONG), esta nueva legislación establece que la cooperación extranjera se debe coordinar con las instituciones estatales, en un país donde todo se hace bajo los intereses del partido gobernante Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), que encabeza Ortega.
Regulación de la cooperación internacional
La iniciativa de “Ley que regula la cooperación brindada por los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas acreditadas en Nicaragua”, establece que tiene por objeto “regular las acciones de cooperación que desarrollan los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas acreditadas en Nicaragua”.
“La cooperación se realizará conforme a las prioridades nacionales y alineadas a los planes, programas y estrategias nacionales establecidas por el gobierno de Nicaragua”, manifiesta el proyecto de ley.
Agrega que “todo proyecto o programa de cooperación debe contar con la anuencia y autorización del gobierno, tanto en su inicio como en su implementación”.
También precisa que “la cooperación que brindan a Nicaragua los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas, se realizará sin condicionamientos políticos, económicos, sociales o culturales, con estricto respeto a la soberanía nacional, independencia y autodeterminación, sin injerencia en los asuntos internos y de acuerdo con legislación nacional y los principios del derecho internacional”.
Ministerio del Exterior, órgano rector de la nueva ley
El Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrex), a cargo del canciller Valdrack Jaentschke, será la autoridad competente “para todos los aspectos relacionados con los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas”.
Las facultades del Minrex como autoridad competente son las siguientes:
Velar por el cumplimiento de la ley.
Acreditar a los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas.
Ser el único canal de comunicación del gobierno con los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas que brindan cooperación.
Solicitar a los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas, informes periódicos de la ejecución de los programas y proyectos sujetos a la cooperación internacional.
Formular las recomendaciones que considere oportunas, para asegurar la correcta ejecución de las actividades y proyectos financiados por la cooperación internacional..
Proponer a las Presidencia mecanismos de coordinación interinstitucional para la implementación de los proyectos que se desarrollan con la cooperación internacional.
Cualquier otra que le sea asignada por la Presidencia y las leyes vigentes.
¿Cómo se acreditarán las agencias de cooperación?
Los organismos y agencias de cooperación, para su acreditación, deberán brindar al Ministerio de Relaciones Exteriores solicitud con la siguiente información:
Nombre del organismo o agencia.
Instrumento creador.
Nombre del representante en Nicaragua.
Carta de interés que especifique la naturaleza de la cooperación.
El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá solicitar para el proceso de acreditación cualquier otra información que considere oportuna.
Sobre la acreditación de funcionarios de las agencias de cooperación
Los organismos y agencias de cooperación, previo a la designación de un funcionario o miembro, deben solicitar por escrito la anuencia del Ministerio de Relaciones, especificando cargo y funciones a desarrollar. A dicha solicitud se deberá adjuntar la hoja de vida del funcionario propuesto.
La cantidad de funcionarios o miembros a acreditar se deberá mantener dentro de los límites razonables a consideración del Ministerio de Relaciones Exteriores, teniendo en cuenta la actividad a realizar en el país.
Copia del “modelo de alianzas de ONG y agentes extranjeros”
Los demás establecimientos de esta nueva ley repiten los lineamientos del “funcionamiento de los Organismos No Gubernamentales (ONG) bajo el modelo de alianzas de ONG y agentes extranjeros con instituciones del Estado”, que fueron anunciados en agosto como parte de una “reorganización”.
Entre esto, el “Marco de desarrollo de la cooperación de los organismos, agencias de cooperación y misiones diplomáticas”, del artículo 7, establece que “los programas y proyectos deben implementarse con arreglo a lo acordado, bajo la coordinación de la institución estatal competente, garantizando la transparencia de cada una de sus operaciones”.
Esta ley y otras leyes de reforma son presentadas y están siendo aprobadas con prisa, días después de la aprobación de una enmienda a la Constitución Política, que significó más de 100 artículos reformados, lo que para los críticos significa una nueva Constitución bajo los lineamientos autoritarios y de control total.
La Asamblea Nacional está conformada por 91 diputados, 75 de ellos del partido gobernante Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) que encabeza Ortega. El resto de diputados son de diferentes partidos liberales que no discuten ni se oponen a las leyes que envía el dictador. Por eso no hay duda de que esta nueva ley será aprobada.
Contexto de represión
Esta ley de regulación a la cooperación internacional llega en un contexto en que se han cancelado más de 5,000 organizaciones sin fines de lucro (ONG), muchas de las cuales funcionaban con financiamiento internacional.
Desde el regreso de Ortega al poder hace 17 años, países y programas de desarrollo social retiraron sus proyectos de cooperación debido a las primeras muestras de autoritarismo del régimen de Ortega.