La Corte Internacional de Justicia realizó este lunes 8 de abril la primera de dos audiencias en días consecutivos programadas para atender una denuncia del Estado de Nicaragua contra el de Alemania. El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo acusa al gobierno alemán de apoyar a Israel que estaría cometiendo un supuesto genocidio en la guerra que está llevando a cabo en Gaza para exterminar a la fuerza militar terrorista palestina, Hamás, acrónimo de Resistencia Islámica en árabe.
Esta guerra fue iniciada por Hamás el 7 de octubre del año pasado, cuando incursionó en territorio israelí y asesinó a más de 1,200 personas civiles desarmadas y secuestró a otros centenares, de los cuales al menos 134 siguen cautivos de los terroristas.
Por otra parte, la semana pasada se conoció que un grupo de parlamentarios del Reino Unido ha pedido a su gobierno que acuse ante la justicia universal al régimen de Nicaragua, señalado por un reciente informe de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, de haber cometido crímenes contra la humanidad durante la represión de la rebelión popular nacional de 2018.
En efecto, el 29 de febrero pasado el Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua (GHREN), presentó al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas su segundo informe, en el cual recomienda demandar al régimen de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, “por las graves violaciones a los convenios para prevenir la tortura y la apatridia, y aplicar los mecanismos de justicia universal para investigar las responsabilidades penales individuales de los perpetradores de delitos de lesa humanidad”.
Pero en la comunidad internacional estas cosas funcionan generalmente al revés. De manera que en vez de ser el régimen de Nicaragua el demandado ante la justicia internacional, es el Estado de Nicaragua el que acude ante el máximo tribunal del mundo para acusar a Alemania porque apoya a Israel en la guerra que libra por defender su derecho a existir como nación y como Estado.
La explicación de esta sin razón (que el Diccionario Panhispánico de Dudas define como una “acción hecha contra la justicia y fuera de lo razonable y debido”), y otras de la misma clase que ocurren a menudo, es que los sujetos del derecho internacional público no son los pueblos. Son los Estados y peor aún sus gobernantes que dicen representar a los pueblos, cuando en muchos casos ni siquiera son elegidos legítimamente por los ciudadanos de sus respectivos países.
La catedrática universitaria mexicana experta en la materia, Loreta Ortiz Ahlf, explica en su libro Derecho Internacional Público que “son los propios Estados (o sea sus representantes) los que crean el Derecho Internacional Público y a la vez son sus destinatarios”. Aunque reconoce que en los últimos tiempos ese “principio” se ha modificado “al obtener el individuo, de forma excepcional, la capacidad de reclamar la protección de los derechos humanos fundamentales ante instancias internacionales específicas”.
Pero solo la capacidad de reclamar ante instancias específicas, las que no necesariamente están obligadas a dar respuestas y si lo hacen es solo después de que ha pasado mucho tiempo, cuando ya el daño o agravio por el que se ha reclamado no tiene remedio.
En la actualidad se habla mucho de que por la ineficacia o inutilidad de los organismos internacionales como la OEA y la ONU, es necesario reformar las normas de derecho que los sustentan. Es cierto, pero lo primero que se debería hacer es garantizar que quienes representan a los Estados en los organismos de derecho internacional público, sean auténticos representantes de sus ciudadanos, elegidos por ellos de manera libre y legítima.
Sin embargo, por ahora es una ilusión esperar un cambio tan importante como ese, en un mundo donde la mayor parte de los Estados no son democráticos, están dominados por poderes autoritarios de distinto color político, ideologías y grados de ferocidad e impunidad.